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N° 4274/24 Aviso del Boletín Oficial

LG LAWYERS CONSULTING S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 2 de febrero de 2024

Texto del aviso

LG LAWYERS CONSULTING S.A.

Complementando el aviso 1454/24 del 12/01/2024, se reformó el articulo cuarto del estatuto social, el que quedó

redactado de la siguiente forma: “La sociedad tiene por objeto, realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada

a terceros bajo cualquier forma de asociación prevista en la Ley 19.550, ya sea en el País y/o en el extranjero, las

siguientes actividades: prestación de la estructura material, gerenciamiento y la explotación comercial de servicios

de consultoría o asesoramiento jurídico, impositivo y económico; contratando para ello profesionales con título

habilitante; ejercer representaciones, mandatos, constituir fideicomisos, pudiendo actuar como fiduciario en los

términos de la Ley Nacional N° 24.441, modificatorias y reglamentaria, y de las disposiciones del Capítulo 30 del

Título VI del Libro Tercero del Código Civil y Comercial de la Nación, pudiendo actuar en tal carácter en toda clase

de fideicomisos, pudiendo administrar y disponer los derechos y/o bienes y/o recursos de cualquier naturaleza que

compongan los fideicomisos para distintos objeto y finalidades.- Realizar cobranzas extrajudiciales o judiciales.-

Intervenir en juicios, pudiendo ser mandataria y otorgar o sustituir mandatos judiciales a los profesionales a quienes

se contrate a tal efecto.- Intervenir en la administración de negocios, inversiones y empresas.- Realizar servicios de

auditorías legales, tributarias, contables, estudios legales, económicos e impositivos de empresas e inversiones.-

Administración, consultoría y asesoramiento empresario, comercial y técnico.- Podrá especialmente ampararse en

los regímenes de promoción de inversiones, nacionales, provinciales, municipales.- Quedan excluidas del objeto

social, la actuación como fiduciario en los fideicomisos financieros, y las actividades comprendidas en la ley de

entidades financieras, y las previstas en el artículo 39 de la Ley N° 27.349.- Para su cumplimiento, la sociedad tiene

plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto

social, por intermedio de profesionales con título habilitante al efecto” Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 15 de fecha 30/01/2024 Reg. Nº 1572

victoria copes scarano - Matrícula: 5614 C.E.C.B.A.

e. 02/02/2024 N° 4274/24 v. 02/02/2024