N° 4818/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi cargo, sito
en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 26.12.23 en autos “VERTICAL
CENTER S.R.L. S/ QUIEBRA” (Exp. Nro. 2623/2023) se decretó la quiebra de VERTICAL CENTER S.R.L. (C.U.I.T.
Nro. 30-71504827-9) con domicilio en la calle Maipú 456, Depto. 416 CABA inscripta en la IGJ bajo Nro. 8704 del
L° 147 de S.R.L. con fecha 30.09.15. Hasta el día 05.04.24 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar
digitalmente sus insinuaciones junto con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 2623/2023/1, a cuyo
fin deberán dar estricto cumplimiento a lo dispuesto con fecha 26.12.23 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i”).
En tal inc. deberán también ingresarse digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art.
34 LCQ y sus contestaciones según lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto por el art. 32 LCQ
deberá abonarse por transferencia a la cuenta identificada con CBU 0720762688000001989254 de titularidad de
CRISTINA NIEBERDING (CUIT 20-10084634-4). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte
papel los acreedores que no cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno al síndico Cdor. RICARDO
AGUSTIN SARDON -con domicilio en Cerrito 1136, Piso 9, frente izq. CABA y tel. 4814-0204- mediante email
a art32lcq@gmail.com. A tal fin, deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el pto. II ap. “i” del
decisorio de fecha 26.12.23 a lo que se remite. El síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39
LCQ los días 20.05.24 y 02.07.24 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el día 03.06.24.
La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el día 25.06.24 a las 11:00 hs. en la sala de audiencias del tribunal.
Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su poder y se
hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese al deudor y a
sus administradores para que dentro de 48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86 LCQ y constituyan
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.357 - Segunda Sección 41 Martes 6 de febrero de 2024
domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado.
Buenos Aires, 02 de febrero de 2024. PAULA MARIA HUALDE Juez - FLORENCIA MARIA CLAUS SECRETARIA
e. 06/02/2024 N° 4818/24 v. 14/02/2024