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N° 5881/24 Aviso del Boletín Oficial

LE GALERIE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 14 de febrero de 2024

Texto del aviso

LE GALERIE S.R.L.

Instrumento privado de fecha 24/01/2024. (1) Socios: (I) Nicolás Roberto Chiarenza, DNI 37.170.974, argentino,

nacido el 06/11/1992, soltero, cocinero, domiciliado en Quesada 4949, 1° D, CABA; (II) Martín Medici, DNI

28.508.013, argentino, nacido el 21/11/1980, soltero, abogado, domiciliado en O´Higgins 2780, 4° B, CABA; (III)

Estefanía Masoni Sánchez, DNI 29.118.077, argentina, nacida el 21/09/1981, soltera, empresaria, domiciliada en 11

de septiembre 1735, 18° B, CABA. (2) Denominación: Le Galerie S.R.L. (3) Jurisdicción: Ciudad de Buenos Aires.

Sede social: O´Higgins N° 2780, piso 4, departamento B, C.A.B.A. (4) Objeto: dedicarse por cuenta propia, de

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.361 - Segunda Sección 14 Miércoles 14 de febrero de 2024

terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: A) Desarrollo de actividades

gastronómicas en toda su extensión, en locales propios como de terceros con o sin delivery. B) Fabricación,

elaboración, distribución, compra, venta, consignación, importación y exportación de productos o mercaderías

vinculadas o conexas con esta actividad, C) Servicios de catering y explotación de concesiones gastronómicas,

bares, cervecerías, cafeterías, confiterías, restaurantes, parrillas, pizzerías y/o patios de comidas, D) Distribución

de comidas preelaboradas y elaboradas y demás actividades afines a la gastronomía; E) Explotación por sí o por

terceros de establecimientos y/o inmuebles destinados al alojamiento en general de personas; F) Adquisición,

enajenación y/o permuta de bienes muebles o inmuebles, así como fondos de comercio y explotaciones comerciales

destinadas a la gastronomía y actividades conexas. G) Realizar operaciones de franquicias y/o concesiones, bajo

cualquiera de sus modalidades referida a la actividad gastronómica y/o turística. H) Complementariamente a su

actividad principal, podrá organizar, producir, realizar y/o tomar a cargo la administración de eventos, reuniones

empresariales, culturales, artísticos, realizar la explotación de espacios para fiestas y eventos, actividades

culturales y recreativas en sus diversas modalidades, dentro y/o fuera de sus establecimientos y/o en locaciones

de terceros. Asimismo, para la consecución de su objeto la sociedad podrá recurrir a aportes e inversiones de

capitales de particulares y de personas jurídicas, nacionales o extranjeras, concesión de préstamos y créditos,

excluyéndose las operaciones comprendidas dentro de la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el

recurso al ahorro público. Para el desarrollo de su objeto social la sociedad podrá participar en otras sociedades,

en el país o en el extranjero, en la condición de socio o accionista. Las actividades que así lo requieran serán

realizadas por profesionales con título habilitante. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no estén prohibidos por la Ley o por este Estatuto. (5) Plazo

de duración: 30 años desde la inscripción en el Registro Público correspondiente. (6) Capital social: $ 210.000,

representado por 21.000 cuotas sociales de valor nominal $ 10 cada una y con derecho a 1 voto por cuota.

Cada uno de los socios ha suscripto 7000 cuotas sociales, y las han integrado al 100%. (7) La administración y

representación legal es indistinta a cargo de uno o más gerentes, designados por tiempo indeterminado. Socios

designados como gerentes titulares: Nicolás Roberto Chiarenza y Estefanía Masoni Sánchez. Los gerentes

aceptaron los cargos y constituyeron domicilio especial en la sede social. Se prescinde de órgano de fiscalización.

(8) Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año. (9) Liquidación a cargo de la gerencia o de quienes los socios

designen. Autorizado según instrumento privado Contrato Social de fecha 24/01/2024

Francisco Stéfano - T°: 145 F°: 323 C.P.A.C.F.

e. 14/02/2024 N° 5881/24 v. 14/02/2024