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N° 6186/24 Aviso del Boletín Oficial

HOTEL PLAZA FRANCIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 15 de febrero de 2024

Texto del aviso

HOTEL PLAZA FRANCIA S.A.

CUIT 30-54048153-5. Comunica que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 26 de

diciembre de 2023 se resolvió modificar el artículo 3° del Estatuto Social, quedando redactado de la siguiente

manera: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada

a terceros las siguientes actividades: a) Alojamiento en general de personas en cualquiera de las formas que las

leyes vigentes o futuras establezcan con o sin comidas, con o sin desayuno, y cualquiera otra actividad que esté

relacionada con la hotelería; desempeño de mandatos y representaciones por cuentas de terceros de cualquier

actividad, productos o bienes que se encuentren directamente relacionados con la hotelería u hospedaje en

general.- b) Explotación de hoteles, hospedajes y/o similares y/o anexos, pudiendo inclusive realizar la adquisición

enajenación y permuta de bienes inmuebles destinados a tal fin, y en especial la explotación del hotel sito en la

calle Schiaffino 2189 de la Capital Federal.- c) Negocio de hotelería en todos sus aspectos y particularmente en

actividades comerciales, explotación mercantil de edificios destinados a hotelería, hostería, hospedaje, alojamiento,

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.362 - Segunda Sección 7 Jueves 15 de febrero de 2024

restaurante y bar, sus instalaciones, accesorios y/o complementarios para atención de sus clientes, actuando por

cuenta propia o de terceros o asociados a terceros.- d) Reserva y venta de pasajes terrestres, marítimos y aéreos,

nacionales, reserva y venta de excursiones programadas por terceros o propias, reserva de hoteles, dentro y fuera

del país, reserva y venta de entradas a espectáculos artísticos, sociales, culturales, deportivos, representaciones,

comisiones, consignaciones y todo lo vinculado con viajes, excursiones y turismo, individuales y colectivos del

país o el exterior. e) La intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte, en el

país o en el extranjero, la intermediación en la contratación de servicios hoteleros en el país o en el extranjero, la

organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de

todos los servicios propios de los denominados a forfait, en el país o en el extranjero. – La recepción y asistencia

de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la prestación a los mismos de los servicios de guías

turísticos y el despacho de sus equipajes; la representación de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras,

a fin de prestar en su nombre cualesquiera de estos servicios, la realización de actividades similares o conexas a

las mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo, la compra y venta de cheque del viajero y de cualquier

otro medio de pago, por cuenta propia o de terceros; la formalización por cuenta de empresas autorizadas de

seguros que cubran los riesgos de los servicios contratados, los despachos de aduana en lo concerniente a

equipajes y cargas de los viajeros por intermedio de los funcionarios autorizados, la venta de entradas para

espectáculos públicos deportivos, artísticos y culturales, cuando constituyen parte de otros servicios turísticos; la

prestación de cualquier otro servicio que sea consecuencia de las actividades específicas de los agentes de viaje f)

Desarrollar las actividades de intermediar en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte y

en la contratación de servicios hoteleros, organizar viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros

y similares, todo ello en el país o en el extranjero.- La recepción y asistencia de turistas durante sus viajes y su

permanencia en el país, la prestación a los mismos de los servicios de guías turísticos y el despacho de sus

equipajes.- La representación de otras entidades o similares, tanto nacionales como extranjeras, a fin de prestar

en su nombre cualquiera de esos servicios.- La compraventa de cheques de viajero y de cualquier otro medio

de pago por cuenta propia o de terceros, la formalización, por cuenta de empresas autorizadas, de seguros que

cubran los riesgos de los servicios contratados.- Los despachos de aduana en lo concerniente a equipajes y

carga de los viajeros, por intermedio de los funcionarios autorizados.- La venta de entradas para los espectáculos

públicos, deportivos, artísticos y culturales, cuando constituyan parte de otro servicio turístico.- La explotación

hotelera y la prestación de cualquier otro servicio consecuencia de los anteriormente mencionadas. g) Realización y

explotación de todo lo concerniente a la contratación de viajes de turismo en general dentro y fuera del territorio de

la Nación, representación de compañías o empresas de navegación marítima, fluvial, aérea o terrestre de cualquier

otro medio, para la compra y venta de pasajes aéreos, marítimos, terrestres, excursiones y afines; reservas de

hoteles, representaciones, comisiones, consignación y todo lo vinculado con viajes individuales y colectivos de

recreación y turismo. h) Compraventa de divisas y monedas extranjeras y/o sus transferencias, ya se trate de

billete papel, monedas de oro y metálicas; giros y transferencias sobre el exterior del país.- Intervenir en la oferta

pública de títulos valores, su compraventa, colocación por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros.-

Todas estas actividades se desarrollarán y producirán conforme a las facultades, normas y disposiciones que fije

y reglamente el Banco Central de la República Argentina, cuando así competa. i) Agroganadera. La realización de

actividades rurales en todas sus formas, o sea la explotación de campos con ganadería, agricultura, silvicultura,

horticultura, apicultura, también la compra, venta, exportación e importación de semillas, forrajes, otros productos

de origen agropecuario y hacienda de cualquier especie, la explotación de tambos y sus afines, la producción

lanar y sus derivados, arrendamientos de campos y la producción y comercialización de productos de granja.

Asimismo, podrá brindar todo tipo de servicios complementarios de la actividad agrícola ganadera, como así

también la explotación de establecimientos rurales. También podrá arrendar campos o establecimientos rurales

para la ganadería o agricultura, molinos o instalaciones para la preparación de alimentos para ganado o aves.

También la sociedad podrá prestar servicios a terceros de siembra, cosecha, fumigación y toda otra actividad que

esté relacionada directamente con este objeto social agropecuario. j) Financieras. Otorgamiento y obtención de

préstamos y garantías reales y personales, incluyendo fianzas y/o avales, de o a favor de terceros, ya sean gratuitos

u onerosos, y respecto de obligaciones propias y/o de terceros. Se excluyen las operaciones comprendidas en la

ley N° 21.526 y en toda otra que requiera el concurso del ahorro público”.

Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 26/12/2023

Diana Carolina Arroyo - T°: 93 F°: 570 C.P.A.C.F.

e. 15/02/2024 N° 6186/24 v. 15/02/2024