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N° 03/2020 Aviso del Boletín Oficial

APOLO IMPORT-EXPORT S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 26 de febrero de 2024

Texto del aviso

APOLO IMPORT-EXPORT S.R.L.

30-71532625-2. Publicación conforme lo dispuesto por la Resolución General (IGJ) N° 03/2020. Por Contrato de

Cesión de Cuotas; Acta de Gerencia y de Reunión de socios, todos del 19/02/2024: i) María Lidia MARIO CEDE 1.500

cuotas de valor nominal $ 10.- c/u y con derecho a 1 voto c/u y Lena Carola TORRELIO DE EID CEDE 1.500 cuotas

de valor nominal $ 10.- c/u y con derecho a 1 voto c/u; ii) Capital Social: $ 30.000.- representado por 3.000 cuotas

de valor nominal $ 10.- c/u y con derecho a 1 voto c/u; iii) Suscripción vigente: Jahann de Jesús ACUÑA VILLALBA

2.100 cuotas (70%); y Karla Patricia TEHERAN ORTEGA 900 cuotas (30%); iv) María Lidia MARIO renuncia a su

cargo de Gerente. Designan en su reemplazo a Jahann de Jesús ACUÑA VILLALBA, quien constituye domicilio

especial en la calle Virrey Liniers Nº 71, Piso 9º, Of “D”, C.A.B.A. Por Acta de Reunión de Socios del 20/02/24:

Se aprueba por unanimidad: i) Reformar el artículo tercero del contrato social, quedando redactado: “ARTICULO

TERCERO: (OBJETO) La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros,

en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: Compra, venta, desarrollo, fabricación, elaboración,

producción, fraccionamiento, envasado, importación, exportación, intermediación, consignación, depósito,

distribución, y cualquier otra forma de industrialización y comercialización de todo tipo de alimentos y bebidas

aptos para el consumo humano y permitidas por las autoridades de aplicación, como así también sus materias

primas y derivados, ya sea a nivel mayorista y/o minorista. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido

reservada a profesionales con título habilitante, será realizada por medio de estos. A tal fin la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos

por las leyes o por este estatuto.”; ii) Reformar el artículo cuarto del contrato social, excluyendo de su texto

la suscripción de los socios; iii) Reformar del artículo sexto del Contrato Social, excluyendo la designación del

administrador y representante legal de su texto; iv) Trasladar la sede social a la calle Virrey Liniers Nº 71, Piso 9º, Of

“D”, C.A.B.A., reformando el artículo noveno del Contrato Social. Autorizado según instrumento privado Contrato

de Cesión de Cuotas y Acta de Reunión de Socios de fecha 20/02/2024.

Lucía Agundez - T°: 114 F°: 540 C.P.A.C.F.

e. 26/02/2024 N° 8423/24 v. 26/02/2024