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N° 9313/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

Edictos Judiciales miércoles, 28 de febrero de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº18 a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado,

Secretaría Nº 36 a mi cargo, con domicilio en Marcelo T. de Alvear 1840 3° CABA comunica por 5 días que con

fecha 24/11/2023 se decretó la quiebra de TALLERES DE CROMOLITOGRAFIA NATVICT SRL, inscripta en la IGJ

en el registro 1498, de fecha 10/03/1995, Tomo 102, Libro 00291 de SRL, CUIT: 33-67908039-9, con domicilio

social en Pringles 580 8vo. “17”, CABA, en autos caratulados ““TALLERES DE CROMOLITOGRAFIAS.R.L. S/

QUIEBRA”, Expte. COM 8848/2020, siendo el síndico designado Cr. Ricardo Javier Mendez (Tel. 221-154209605)

e-mail: rjmendez70@gmail.com, con domicilio en Gualeguaychu 392, piso 4 A CABA, fijándose el día 23/04/2024,

como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al síndico los pedidos de verificación de créditos,

encontrándose facultados a presentar las demandas en formato papel y digitalizadas en PDF de manera presencial

-previo turno pedido a la Sindicatura- o bien mediante proceso de verificación no presencial ingresando al sitio

web ttps://sites.google.com/view/taller-decromolitografia/procesos-activos, según protocolo detallado en autos.

A los fines de pago del arancel art. 32 L.C se denuncia la Caja de Ahorro en Pesos Nº 21700302125524. CBU:

0110030330003021255247. CBU Alias: santiagoquesada. Banco de la Nación Argentina. Titular: Santiago Julian

Quesada. CUIT 20-25570365-0. Se fijó el día 05/06/2024 para el informe arts. 35 LCQ y el 06/08/2024 para el art.

39 LCQ. Se intima a la fallida y a terceros que tuvieren en su poder bienes o papeles del quebrado a entregarlos al

síndico, además de los libros y toda documentación relacionada con la contabilidad, todo ello bajo apercibimiento

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.371 - Segunda Sección 53 Miércoles 28 de febrero de 2024

de ineficacia y a fin de que en el plazo de 48 hs. cumpla en lo pertinente con los requisitos del art. 86 2º párr LCQ. Se

prohíbe efectuar pagos a la fallida bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Intímase a la fallida a constituir

domicilio en el radio del Juzgado bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados. Publíquese por

cinco días en el Boletín Oficial. Buenos Aires. Fdo. Adriana Bravo - Secretaria. Valeria Perez Casado Juez - Adriana

Bravo Secretaria

e. 28/02/2024 N° 9313/24 v. 05/03/2024