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N° 10797/24 Aviso del Boletín Oficial

WILL CARE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 5 de marzo de 2024

Texto del aviso

WILL CARE S.R.L.

1) 28/02/24 2) CRISTIAN GUSTAVO GARCIA NINAHUAMAN (GERENTE) DNI: 95.679.062, 06/06/00 y NORMA

YOLANDA NINAHUAMAN NUÑEZ, DNI. 95.649.541 15/04/78, ambos peruanos, solteros, empresarios y con

domicilio real y especial en Av. Rivadavia 3481 C.A.B.A 3) WILL CARE S.R.L. 4) Av. Rivadavia 3481 C.A.B.A. 5)

30 años. 6) La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país

o en el extranjero, las siguientes actividades: a) Organización, administración, gerenciamiento y comercialización

de servicios de salud y médicos asistenciales desde recién nacidos hasta cumplir la mayoría de edad, y en sus

tres niveles prestacionales de obras sociales y empresas de medicina prepaga, organismos públicos y privados,

personas físicas y jurídicas. b) Toda la infraestructura y el gerenciamiento para la prestación de servicios de

urgencias, emergencias sin internación en materia de salud, pre-hospitalarias, atención médica, domiciliaria y

traslados sanitarios de alta y baja complejidad y servicio de internación domiciliaria. c) la sociedad tendrá plena

capacidad jurídica para poder constituirse, organizarse e integrarse comercialmente a red de prestadores de salud,

en jurisdicciones municipales, provinciales, regionales o nacionales y toda clase de agrupaciones de colaboración

empresaria A.C.E. y U.T.E. Podrá realizar contratos con personas individuales o establecer sistemas de contratación

colectiva con instituciones, empresas o asociaciones de cualquier índole. Asimismo podrá celebrar contratos

de organización y ejecución de atención medico asistencial integral, de intermediación, de administración, de

concesión, de gerenciamiento y/o mandatos con obras sociales, empresas prestadoras de servicios médicos y

prepagas, compañías de aseguradoras de riesgo del trabajo (A.R.T.), compañías de seguros y con todos los entes

públicos y privados existentes en el país como en el extranjero. Todas las prestaciones que así lo requieran serán

realizadas por profesionales debidamente habilitados e inscriptos en los respectivos colegios para su ejercicio

profesional. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones

y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. 7) Capital: un millón de pesos en

1.000.000 de cuotas de 1 $ c/u suscriptas: CRISTIAN GUSTAVO GARCIA NINAHUAMAN 900.000 cuotas, NORMA

YOLANDA NINAHUAMAN NUÑEZ 100.000 cuotas. 8) 30/06 de cada año. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 16 de fecha 28/02/2024 Reg. Nº 2163

Laura Mónica Canosa - Matrícula: 4587 C.E.C.B.A.

e. 05/03/2024 N° 10797/24 v. 05/03/2024