N° 890/2023 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7 - SECRETARÍA NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7 - SECRETARÍA NRO. 14
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 14, notifica a María del Carmen MARTÍNEZ (D.N.I.
N° 93.535.239) en su carácter de representante legal de la firma VILLAMIL ALTUBE VIAJES S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-
58503704-0), que con fecha 28 de febrero de 2024, este tribunal, en la causa N° 890/2023 (7892), caratulada:
“ACTUACIONES POR SEPARADO RESPECTO DE VILLAMIL ALTUBE VIAJES S.R.L., FORMADAS EN CAUSA
583/2016 SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769””, dispuso citar a VILLAMIL ALTUBE VIAJES S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.377 - Segunda Sección 78 Jueves 7 de marzo de 2024
58503704-0) a prestar declaración indagatoria (art. 294 del C.P.P.N.) en la audiencia que se fija para el día 12 de
abril de 2024, a las 10:30 horas; ello bajo apercibimiento de decretar su rebeldía. Asimismo, se la invita a proponer
letrado defensor entre los abogados de la matrícula de su confianza, haciendo saber a los nombrados que, si
dentro del tercer día de notificados no lo hicieren, o el letrado propuesto no aceptare el cargo conferido, se dará
intervención al señor Defensor Oficial que por orden de turno corresponda, y se tendrá por constituido el domicilio
en la sede de la Defensoría Oficial (confr. arts. 104, 107 y 197 del C.P.P.N.). Se solicita la publicación de edictos por
el término de cinco días. Como recaudo legal se transcriben los autos que así lo ordenan: “Buenos Aires, 28 de
febrero de 2.024. Atento lo que surge de la constancia actuarial que antecede, a los mismos fines ordenados por
el punto III, del decreto de fs. 182/182vta., a fin de notificar a VILLAMIL ALTUBE VIAJES S.R.L. y María del Carmen
MARTÍNEZ, en su carácter de representante legal de VILLAMIL ALTUBE VIAJES S.R.L., cítese a VILLAMIL ALTUBE
VIAJES S.R.L. (CUIT N° 30-58503704-0) a prestar declaración indagatoria (art. 294 del C.P.P.N) en la audiencia que
se fija para el día 12 de abril de 2024, a las 10.30 horas, mediante publicación de edictos por el término de cinco
días (art. 150 del C.P.P.N.); ello bajo apercibimiento de declarar su rebeldía... FDO.: JUAN P. GALVÁN GREENWAY,
JUEZ. ANTE MI: MARÍA INÉS CARBAJALES, SECRETARIA.” y “Buenos Aires, 21 de septiembre de 2.023. III.-
Existiendo motivos suficientes para sospechar que VILLAMIL ALTUBE VIAJES S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-58503704-
0) habría participado en la comisión de los hechos investigados en autos, recíbasele declaración indagatoria a
aquélla, en la audiencia prevista para el día … (artículo 294 del C.P.P.N.). Hágase saber que, la persona jurídica
mencionada, deberá ser representada en ese acto por el presidente y/o representante legal de la firma. A los
fines dispuestos por el punto anterior, hágase saber a las partes que la modalidad bajo la cual se llevará a cabo
la audiencia será presencial. Asimismo, póngase en conocimiento de aquéllas que, como esta audiencia se fija
con la antelación suficiente, no será postergada a pedido de parte, sin un motivo debidamente justificado. Invítese
a VILLAMIL ALTUBE VIAJES S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-58503704-0), a proponer letrado defensor entre los abogados
de la matrícula de su confianza, haciendo saber a los nombrados que, si dentro del tercer día de notificados no
lo hicieren, o el letrado propuesto no aceptare el cargo conferido, se dará intervención al señor Defensor Oficial
que por orden de turno corresponda, y se tendrá por constituido el domicilio en la sede de la Defensoría Oficial
(confr. arts. 104, 107 y 197 del C.P.P.N.) … FDO.: JUAN P. GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MI: MARÍA INÉS
CARBAJALES, SECRETARIA.”. Secretaría, 29 de febrero de 2024. JUAN P. GALVAN GREENWAY Juez - MARIA
INES CARBAJALES SECRETARIA
e. 01/03/2024 N° 10078/24 v. 07/03/2024