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N° 11652/24 Aviso del Boletín Oficial

CONFEDERACION GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS viernes, 8 de marzo de 2024

Texto del aviso

CONFEDERACION GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

CUIT 30-66178383-0 CONVOCATORIA CONGRESO EXTRAORDINARIO. El Consejo Directivo Central de la

CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA convoca a

Congreso Extraordinario para el día lunes 25 de marzo de 2024 a las 14.00 horas, a realizarse en la calle Reconquista

número 617, Piso 4° “A”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de tratar el siguiente: ORDEN DEL

DIA 1. Constitución del Congreso. 2 Designación de la Comisión de Poderes. 3. Consideración del despacho de

la Comisión de Poderes. 4. Designación de un (1) Presidente y dos (2) Secretarios. 5. Acto eleccionario a cargo

de cinco (5) Delegadas/os Congresales elegidas/os como miembros de la Junta Electoral.- 6. Elección por el voto

directo y secreto de las/os Delegadas/os Congresales para elegir a los miembros de: A. Consejo Directivo Central

de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, - período

2024/2026- B. Tribunal de Cuentas- período 2024/2026- Todo lo referente al proceso eleccionario estará a cargo

de la Junta Electoral que fuera elegida en el Congreso Extraordinario de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE

PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA,- Se presentarán tantos candidatos como cargos

haya que cubrir, determinando el nombre y apellido de los mismos, la entidad a la que pertenecen y el cargo para

el cual se postulan. Por la presente se deja constancia que, de acuerdo a lo dispuesto por el estatuto, las entidades

que integran la Confederación fueron lo suficientemente notificadas a fin de que las mismas notifiquen a las/los

Delegadas/os Congresales. Asimismo, se comunica que los Delegadas/os Congresales al Congreso Extraordinario

deberán asistir en representación de su Federación o entidades afiliadas en la proporción establecida en el Estatuto

y de acuerdo a lo determinado por la normativa respectiva; debiendo acreditar al momento de emitir su voto con

su documento de identidad y suscribir la documentación correspondiente. El Congreso comenzará en caso de

existencia de quorum suficiente en el horario indicado y de no alcanzarse a dicho horario con la cantidad suficiente

sesionará con el quorum requerido estatutariamente una hora después de conformidad con el procedimiento

establecido en el artículo 27 del estatuto. Atentamente.- Buenos Aires, 28 de febrero de 2024. Miguel Ligori,

Presidente.

DESIGNADO POR INSTRUMENTO PRIVADO ACTA DE ASAMBLEA GRAL. ORDINARIA CONFEFDERATIVA

14/08/2017 MIGUEL ANGEL LIGORI - Presidente

e. 08/03/2024 N° 11652/24 v. 08/03/2024