N° 11652/24 Aviso del Boletín Oficial
CONFEDERACION GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Texto del aviso
CONFEDERACION GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
CUIT 30-66178383-0 CONVOCATORIA CONGRESO EXTRAORDINARIO. El Consejo Directivo Central de la
CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA convoca a
Congreso Extraordinario para el día lunes 25 de marzo de 2024 a las 14.00 horas, a realizarse en la calle Reconquista
número 617, Piso 4° “A”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de tratar el siguiente: ORDEN DEL
DIA 1. Constitución del Congreso. 2 Designación de la Comisión de Poderes. 3. Consideración del despacho de
la Comisión de Poderes. 4. Designación de un (1) Presidente y dos (2) Secretarios. 5. Acto eleccionario a cargo
de cinco (5) Delegadas/os Congresales elegidas/os como miembros de la Junta Electoral.- 6. Elección por el voto
directo y secreto de las/os Delegadas/os Congresales para elegir a los miembros de: A. Consejo Directivo Central
de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, - período
2024/2026- B. Tribunal de Cuentas- período 2024/2026- Todo lo referente al proceso eleccionario estará a cargo
de la Junta Electoral que fuera elegida en el Congreso Extraordinario de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE
PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA,- Se presentarán tantos candidatos como cargos
haya que cubrir, determinando el nombre y apellido de los mismos, la entidad a la que pertenecen y el cargo para
el cual se postulan. Por la presente se deja constancia que, de acuerdo a lo dispuesto por el estatuto, las entidades
que integran la Confederación fueron lo suficientemente notificadas a fin de que las mismas notifiquen a las/los
Delegadas/os Congresales. Asimismo, se comunica que los Delegadas/os Congresales al Congreso Extraordinario
deberán asistir en representación de su Federación o entidades afiliadas en la proporción establecida en el Estatuto
y de acuerdo a lo determinado por la normativa respectiva; debiendo acreditar al momento de emitir su voto con
su documento de identidad y suscribir la documentación correspondiente. El Congreso comenzará en caso de
existencia de quorum suficiente en el horario indicado y de no alcanzarse a dicho horario con la cantidad suficiente
sesionará con el quorum requerido estatutariamente una hora después de conformidad con el procedimiento
establecido en el artículo 27 del estatuto. Atentamente.- Buenos Aires, 28 de febrero de 2024. Miguel Ligori,
Presidente.
DESIGNADO POR INSTRUMENTO PRIVADO ACTA DE ASAMBLEA GRAL. ORDINARIA CONFEFDERATIVA
14/08/2017 MIGUEL ANGEL LIGORI - Presidente
e. 08/03/2024 N° 11652/24 v. 08/03/2024