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N° 11718/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 1

Edictos Judiciales lunes, 11 de marzo de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 1

En atención al acuerdo conciliatorio suscripto en autos “Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores

(ADUC) c/ Banco Itaú Argentina S.A. s/ ordinario” (Expte 7958/2016), en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera

Instancia en lo Comercial 1, Secretaría 1, se ha acordado que Banco BMA SAU (antes denominado Banco Itaú

Argentina S.A.) otorgará a aquellos consumidores que: (i) fueron titulares de una caja de ahorro monoproducto en

Pesos y/o en Dólares Estadounidenses y/o en Euros entre mayo 2013 y marzo 2016 (independientemente de si la

siguen teniendo – o no- en actualidad), y (ii) fueron titulares de una cuenta corriente monoproducto en Pesos desde

mayo de 2013 en adelante (independientemente de si la siguen teniendo – o no – en la actualidad), en el caso de

que éstos así lo requieran llamando al 0800-122- 2747, el beneficio de contar con un servicio de asistencias con

los alcances que se describen a continuación: (1) Asistencia médica: (a) Acompañante nocturno por internación,

enfermería a domicilio, ambulancia – código rojo- y terapeuta a domicilio (cada uno de ellos limitados a $ 45.000

por año), (b) Descuentos en farmacias (limitado a $ 2.250 por evento, hasta tres eventos anuales), (c) Referencias

médicas (sin límite), (d) Médico telefónica (limitado a dos eventos mensuales), y (e) Nutricionista digital y psicólogo

online (limitado a tres eventos anuales). (2) Asistencia odontológica: limitado a $ 45.000 por año. (3) Asistencia al

hogar: (a) Servicios en instalaciones eléctricas, servicios de plomería, servicios de cerrajería y servicios de vidriería

(limitado a $ 15.000 por evento y a dos eventos anuales), (b) servicios de gas (limitado a $ 10.000 por evento y a dos

eventos anuales), (c) Servicios de cuidador ante siniestro (limitado a un evento por año y con monto límite por evento

de $ 3.000), (d) servicio de mudanza y servicio de mantenimiento (limitado a un evento por año y con un monto limite

por evento de $ 4.500). (4) Consultoría legal telefónica (sin límite). Este beneficio tendrá una vigencia por el término

de dos años contados a partir de los 20 días hábiles siguientes a que quede firme la homologación del acuerdo

(28/2/2024). Aquel usuario que así lo desee podrá excluirse de los efectos del acuerdo enviando, dentro de los 90

días hábiles siguientes a la última publicación de este aviso, un correo electrónico a los siguientes e-mails: info@

aduc.org.ar y atencionalusuario@macrobma.com.ar, manifestando que va a hacer uso del derecho de exclusión. El

texto del acuerdo, las condiciones del servicio de asistencia y la sentencia homologatoria podrán ser consultados

en las páginas web https://www.macrobma.com.ar/sobre/Paginas/informacion regulatoria.aspx y www.aduc.org.ar.

Para ser publicado por dos días en el Boletín Oficial. Alberto Alemán Juez - Mariano Conde Secretario

e. 11/03/2024 N° 11718/24 v. 12/03/2024