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N° 12431/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17

Edictos Judiciales lunes, 18 de marzo de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 17 a mi cargo,

sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 28.2.24 en los autos “ROHM

CARLOS ALBERTO S/QUIEBRA” (Exp. Nro. 24486/2022) se decretó la quiebra de ROHM CARLOS ALBERTO

(CUIT 20-95143015-4) con domicilio en la calle JUNCAL 3126 PISO 17° “b” de esta ciudad. Hasta el 10.5.24 podrán

los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con toda la documentación

respaldatoria en el inc. Nro. 1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento a lo dispuesto con fecha 28.2.24 a lo que

se remite (v. pto. II ap. “i”). En tal inc. deberán también formularse digitalmente las observaciones que se formulen

en los términos del art. 34 LCQ y sus contestaciones según lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto

en el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta identificada con CBU 0720746688000035047072

de titularidad de Norma Salgado Gómez (CUIT 27-17454260-6). A los fines de presentar su solicitud de verificación

en soporte papel los acreedores que no cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno a la síndico Norma

Salgado Gómez -con domicilio en la calle Bartolomé Mitre 1980 Piso 5º CABA y tel. 4382-7133, mediante el envío

de mail a la dirección nsalgado640@gmail.com. A tal fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en

el pto. II ap. “i” del decisorio de fecha 28.2.24 a lo que se remite. La síndico presentará los informes que disponen

los arts. 35 y 39 los días 24.6.24 y 21.8.24 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el

10.7.24. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el 12.8.24 a las 10:00 hs. en la sala de audiencias del

tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su

poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese

al deudor y a sus administradores para que dentro de las 48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86

LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los

estrados del Juzgado. Buenos Aires, 8 de marzo de 2024.- PAULA MARIA HUALDE Juez - CLAUDIO MARJANOVIC

TELEBAK SECRETARIO

e. 12/03/2024 N° 12431/24 v. 18/03/2024