N° 14583/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 38
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 38
EDICTO- Se informa que en el expediente caratulado “CONSUMIDORES DAMNIFICADOS ASOCIACION CIVIL
C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO” (Expte. 52878/2009), en trámite ante el Juzgado Nacional de
Primera Instancia en lo Comercial N° 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría N° 38, a cargo del Dr.
Edgardo Ariel Maiques, ubicado en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja, Ciudad de Buenos Aires, la parteactora
invocó la representación de las personas humanas y consumidores que fueran titulares de depósitos a plazo fijo
en Dólares Estadounidenses en la Sucursal de Citibank NA establecida en la República Argentina y, en tal carácter,
reclamó la restitución de la diferencia que existiere entre lo pagado a dichas personas en concepto de intereses
por los aludidos depósitos a plazo fijo (como producto de un “redondeo”) y lo que deberían haber efectivamente
cobrado, todo ello con relación al período transcurrido desde el 1/10 /2004 en adelante. Asimismo, se informa que
en el expediente referido se ha homologado un acuerdo transaccional y que, como consecuencia del mismo, Banco
Santander Argentina S.A. reintegrará a las personas humanas y consumidores que fueran clientes y ex clientes de
la Sucursal de Citibank NA establecida en la República Argentina, que hubieren constituido depósitos a plazo fijo
en Dólares Estadounidenses y que, al momento de sus respectivos vencimientos, entre 1/10/2004 y el 31/3/2017,
hubieran percibido sumas menores a las que les hubiera correspondido cobrar por haber mediado “redondeo
hacia abajo” de los centavos, las sumas correspondientes a los intereses no percibidos oportunamente como
consecuencia del “redondeo hacia abajo” antes referido. Aquellos consumidores alcanzados por el acuerdo que
actualmente sean clientes de Banco Santander Argentina S.A. percibirán los importes correspondientes dentro de
los 40 días corridos siguientes a la homologación firme del Acuerdo (ocurrida el 13/3/2024), mediante acreditación
en sus respectivas cuentas a la vista en Pesos abiertas en dicha entidad. Losimportes correspondientes a aquellos
consumidores alcanzados por el acuerdo que no sean actualmente clientes de Banco Santander Argentina S.A.
y registren una cuenta en Pesos con CBU activo en el sistema financiero, serán abonados, dentro de los 40 días
corridos siguientes a la homologación firme del acuerdo (ocurrida el 13/3/2024), mediante transferencia, a dichos
respectivos CBU (se consignará como DEVOL.BCO.SANTANDER). En ambos casos los importes correspondientes
serán convertidos a Pesos tomando la cotización conocida como “Dólar MEP” publicada por Ámbito Financiero
(https://www.ambito.com/contenidos /dolar.html) el día anterior al pago. Los consumidores alcanzados por el
acuerdo que no sean clientes de Banco Santander Argentina S.A., ni registren una cuenta en Pesos con CBU
activo en el sistema financiero, podrán percibir los importes que les corresponden por ventanilla en cualquier
sucursal de Banco Santander Argentina S.A. durante el plazo de 6 meses contados desde esta publicación,
con presentación de DNI. En este último supuesto, los importes correspondientes serán convertidos a Pesos
tomando la cotización conocida como “Dólar MEP” publicada por Ámbito Financiero (https://www.ambito.com/
contenidos/dolar.html) del día anterior a esta publicación. La sentencia homologatoria del acuerdo arribado
entre las partes hace cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores incluidos en el acuerdo
que se encuentren en similares condiciones, con excepción de aquéllos que manifiesten su voluntad de no ser
alcanzados por los efectos del acuerdo. En tal sentido, los usuarios que no deseen estar comprendidos en el
acuerdo podrán hacer uso de su derecho de exclusión otorgado por el art. 54, párr. 2do de la Ley 24.240, mediante
una comunicación directa al tribunal a través de una carta simple sin firma de letrado. El texto del acuerdo y
de la sentencia homologatoriapodrá ser consultado en las páginas https ://www.santander.com.ar/banco/online/
personas y http://consumidoresdamnificados.org.ar. A su vez, se informa que los interesados podrán contactar a
Consumidores Damnificados Asociación Civil al siguiente correo electrónico consumidoresdamnificados@gmail.
com a fin de efectuar las consultas que consideren pertinentes. Edgardo Ariel Maiques.Secretario Gerardo D.
Santicchia Juez - Edgardo Ariel Maiques Secretario
e. 19/03/2024 N° 14583/24 v. 20/03/2024