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N° 14583/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 38

Edictos Judiciales miércoles, 20 de marzo de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 38

EDICTO- Se informa que en el expediente caratulado “CONSUMIDORES DAMNIFICADOS ASOCIACION CIVIL

C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO” (Expte. 52878/2009), en trámite ante el Juzgado Nacional de

Primera Instancia en lo Comercial N° 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría N° 38, a cargo del Dr.

Edgardo Ariel Maiques, ubicado en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja, Ciudad de Buenos Aires, la parteactora

invocó la representación de las personas humanas y consumidores que fueran titulares de depósitos a plazo fijo

en Dólares Estadounidenses en la Sucursal de Citibank NA establecida en la República Argentina y, en tal carácter,

reclamó la restitución de la diferencia que existiere entre lo pagado a dichas personas en concepto de intereses

por los aludidos depósitos a plazo fijo (como producto de un “redondeo”) y lo que deberían haber efectivamente

cobrado, todo ello con relación al período transcurrido desde el 1/10 /2004 en adelante. Asimismo, se informa que

en el expediente referido se ha homologado un acuerdo transaccional y que, como consecuencia del mismo, Banco

Santander Argentina S.A. reintegrará a las personas humanas y consumidores que fueran clientes y ex clientes de

la Sucursal de Citibank NA establecida en la República Argentina, que hubieren constituido depósitos a plazo fijo

en Dólares Estadounidenses y que, al momento de sus respectivos vencimientos, entre 1/10/2004 y el 31/3/2017,

hubieran percibido sumas menores a las que les hubiera correspondido cobrar por haber mediado “redondeo

hacia abajo” de los centavos, las sumas correspondientes a los intereses no percibidos oportunamente como

consecuencia del “redondeo hacia abajo” antes referido. Aquellos consumidores alcanzados por el acuerdo que

actualmente sean clientes de Banco Santander Argentina S.A. percibirán los importes correspondientes dentro de

los 40 días corridos siguientes a la homologación firme del Acuerdo (ocurrida el 13/3/2024), mediante acreditación

en sus respectivas cuentas a la vista en Pesos abiertas en dicha entidad. Losimportes correspondientes a aquellos

consumidores alcanzados por el acuerdo que no sean actualmente clientes de Banco Santander Argentina S.A.

y registren una cuenta en Pesos con CBU activo en el sistema financiero, serán abonados, dentro de los 40 días

corridos siguientes a la homologación firme del acuerdo (ocurrida el 13/3/2024), mediante transferencia, a dichos

respectivos CBU (se consignará como DEVOL.BCO.SANTANDER). En ambos casos los importes correspondientes

serán convertidos a Pesos tomando la cotización conocida como “Dólar MEP” publicada por Ámbito Financiero

(https://www.ambito.com/contenidos /dolar.html) el día anterior al pago. Los consumidores alcanzados por el

acuerdo que no sean clientes de Banco Santander Argentina S.A., ni registren una cuenta en Pesos con CBU

activo en el sistema financiero, podrán percibir los importes que les corresponden por ventanilla en cualquier

sucursal de Banco Santander Argentina S.A. durante el plazo de 6 meses contados desde esta publicación,

con presentación de DNI. En este último supuesto, los importes correspondientes serán convertidos a Pesos

tomando la cotización conocida como “Dólar MEP” publicada por Ámbito Financiero (https://www.ambito.com/

contenidos/dolar.html) del día anterior a esta publicación. La sentencia homologatoria del acuerdo arribado

entre las partes hace cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores incluidos en el acuerdo

que se encuentren en similares condiciones, con excepción de aquéllos que manifiesten su voluntad de no ser

alcanzados por los efectos del acuerdo. En tal sentido, los usuarios que no deseen estar comprendidos en el

acuerdo podrán hacer uso de su derecho de exclusión otorgado por el art. 54, párr. 2do de la Ley 24.240, mediante

una comunicación directa al tribunal a través de una carta simple sin firma de letrado. El texto del acuerdo y

de la sentencia homologatoriapodrá ser consultado en las páginas https ://www.santander.com.ar/banco/online/

personas y http://consumidoresdamnificados.org.ar. A su vez, se informa que los interesados podrán contactar a

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.386 - Segunda Sección 103 Miércoles 20 de marzo de 2024

Consumidores Damnificados Asociación Civil al siguiente correo electrónico consumidoresdamnificados@gmail.

com a fin de efectuar las consultas que consideren pertinentes. Edgardo Ariel Maiques.Secretario Gerardo D.

Santicchia Juez - Edgardo Ariel Maiques Secretario

e. 19/03/2024 N° 14583/24 v. 20/03/2024