N° 14511/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro. 1, a cargo del Dr. Ezequiel Berón de Astrada, Secretaría Nro.
2, a cargo de la Dra. Valeria Rosito, sito en Av. de los Inmigrantes Nro. 1950, Piso 2, Oficina 242 de la ciudad
de Buenos Aires, (Teléfonos 4130-6125// 6124- Correos electrónicos: jnpenalec1@pjn.gov.ar y jnpenalec1.sec2@
pjn.gov.ar) hace saber que en los autos caratulados: “ANDROL S.A. Y OTRO S/ INF. LEY 24.769” (EXPTE. NRO.
928/2022) en fecha 14/03/2024 se ordenó: I.- Por recibidas las constancias de notificación respecto al domicilio
sito en José María Moreno 335 de esta ciudad, agréguense y tiénese presente que no se ha logrado notificar a
Pablo Martín Volpi ni a ningún representante legal de la firma “ANDROL S.A.”.- II.- En virtud de ello, corresponderá
citar nuevamente a prestar DECLARACIÓN INDAGATORIA (ART. 294 del C.P.P.N.) a la firma ANDROL S.A. (titular
de la CUIT N° 30-71238805-2), la que deberá ser representada a través de su representante legal actual, en torno
a la presunta comisión del delito de evasión tributaria agravada, respecto de la contribuyente ANDROL S.A. (titular
de la CUIT N° 30-71238805-2), por la presunta evasión del pago del Impuesto al Valor Agregado, correspondiente
al ejercicio fiscal 2018, por la suma de $ 1.977.852,74. La audiencia se llevará a cabo el día 16 de mayo de 2024, a
las 11.00, de forma remota a través de la plataforma ZOOM (cuyos datos serán puestos a disposición con la debida
antelación), sin perjuicio que a solicitud de parte, ella se realice de forma presencial, en cuyo caso se deberá hacer
saber al Juzgado con la debida antelación. Toda vez que no fue posible notificar a persona alguna que reconozca
a la persona jurídica aquí enunciada en ninguno de los dos domicilios registrados, es que corresponderá proceder
a su citación mediante edictos. En tal sentido, procédase a su libramiento y publicación por el término de cinco (5)
días, haciéndole saber que en el término de tres (3) días a partir de la última publicación, deberá informar nombre
de su representante legal y designar abogado defensor de confianza, bajo apercibimiento de ordenar la rebeldía
de la persona jurídica....”.- Ezequiel Berón de Astrada, Juez. Ante mí: Valeria Rosito, Secretaria.-
EZEQUIEL BERON DE ASTRADA Juez - EZEQUIEL BERON DE ASTRADA JUEZ
e. 19/03/2024 N° 14511/24 v. 25/03/2024