N° 15245/24 Aviso del Boletín Oficial
ALUAR ALUMINIO ARGENTINO S.A.I.C.
Texto del aviso
ALUAR ALUMINIO ARGENTINO S.A.I.C.
CUIT 30-52278060-6. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 10 de la Ley de Obligaciones Negociables
N° 23.576 (y sus modificatorias) se hace saber que: (i) el 14/03/2018 la asamblea general ordinaria (la “Asamblea”)
de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. (“Aluar”) aprobó la creación de un programa global para la emisión y reemisión
de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones), por un valor nominal máximo en circulación en
cualquier momento de hasta US$ 300.000.000 o su equivalente en otras monedas (el “Programa”) y la delegación
en el directorio, con amplias facultades, incluso las de subdelegación, para determinar, entre otras cuestiones, los
términos y condiciones del Programa no definidos por la Asamblea y de cada una de una de las series y/o clases
de obligaciones a emitirse bajo el mismo; (ii) el 28/03/2018 el directorio de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C aprobó
los términos y condiciones del Programa; (iii) el 21/10/2021 la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Aluar
Aluminio Argentino S.A.I.C. prorrogó la delegación de facultades en el directorio en los mismos términos
establecidos en la Asamblea; (iv) el 03/12/2021, con motivo de la actualización del prospecto del Programa con los
estados financieros correspondientes al ejercicio finalizado el 30/06/2021, el directorio de Aluar Aluminio
Argentino S.A.I.C. resolvió la subdelegación de las facultades delegadas por la Asamblea en ciertos funcionarios
de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. (v) el 26/10/2022 la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Aluar
Aluminio Argentino S.A.I.C. aprobó la prórroga de la vigencia y la ampliación del monto del Programa por un valor
nominal de hasta US$ 600.000.000 o su equivalente en otras monedas y/o unidades de medida o valor, y la
delegación en el directorio, con amplias facultades, incluso las de subdelegación, para determinar, entre otras
cuestiones, los términos y condiciones del Programa no definidos por la Asamblea y de cada una de una de las
series y/o clases de obligaciones a emitirse bajo el mismo; (vi) el 19/12/2022 el directorio de Aluar Aluminio
Argentino S.A.I.C. resolvió la subdelegación de las facultades delegadas por la asamblea general ordinaria y
extraordinaria celebrada el 26/10/2022 en ciertos funcionarios de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. y aprobó la
actualización del prospecto preliminar de ampliación y prórroga del Programa en los términos del Prospecto
Actualizado, la cual fue sucesivamente prorrogada; (vii) mediante resolución de subdelegado de fecha 17/03/2023
se instrumentó la adenda al Prospecto del Programa Global a los fines de permitir la emisión de bonos sociales,
verdes y/o sustentables, de conformidad con el Anexo III del Capítulo I del Título VI de las Normas de la CNV, (viii)
el 6/09/2023, el directorio de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. resolvió renovar la subdelegación de las facultades
delegadas por la asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada el 26/10/2022 en ciertos funcionarios de
Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C.; (ix) el 8/09/2023, mediante resolución de subdelegado, se aprobó la versión
preliminar del Prospecto de actualización; (x) el 26/02/2024, el directorio de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C.
resolvió renovar la subdelegación de las facultades delegadas por la asamblea general ordinaria y extraordinaria
celebrada el 26/10/2022; el 12/03/2024 mediante resolución de subdelegado, se aprobó la versión definitiva del
suplemento de prospecto (el “Suplemento de Prospecto”) correspondiente a las Obligaciones Negociables Simples
(no convertibles en acciones), garantizadas, Serie N° 8 (las “Obligaciones Negociables”), denominadas y pagaderas
en Dólares Estadounidenses, a ser integradas en efectivo en Dólares Estadounidenses en el exterior, a tasa de
interés fija y con vencimiento a los 3 (tres) años contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, a ser emitidas
por un valor nominal de hasta US$ 50.000.000.- (Dólares Estadounidenses cincuenta millones), ampliable por
hasta un monto máximo de US$ 100.000.000.- (Dólares Estadounidenses cien millones) (el “Monto Máximo”) y los
términos y condiciones allí contemplados; (xi) el 14/03/2024, mediante resolución de subdelegado se aprobó la
versión definitiva del aviso complementario informando la calificación otorgada por Fix SCR S.A. Agente de
Calificación de Riesgo a las Obligaciones Negociables y (xii) el 19/03/2024, mediante resolución del subdelegado
se aprobó el resultado de la colocación de las Obligaciones Negociables. 1) Emisora: Aluar Aluminio
Argentino S.A.I.C.; 2) Domicilio: Marcelo T. de Alvear Nº 590, piso 3°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 3)
Constitución: el 15/04/1970 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 4) Duración: hasta el 26/06/2069; 5) Registro:
autorizada para funcionar como sociedad anónima mediante Resolución N° 16.014 de fecha 08/05/1970, e inscripta
en el Registro Público de Comercio el 26/06/1970, bajo el Nº 2534, F° 151, L° 72 tomo “A” de Estatutos de S.A.; 6)
Objeto social y actividad principal: realización por cuenta propia, de terceros, por intermedio de terceros, asociada
a terceros, o en cualquier otra forma, en cualquier parte de la República las siguientes actividades: a) Industriales:
extracción, producción, fabricación, transformación o cualquier otro proceso análogo, de materias primas naturales
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o sintéticas, minerales o vegetales y de productos o subproductos de los procesos metalúrgicos, químicos,
petroquímicos y mineros; así como las actividades de investigación relacionadas con la obtención, producción y
utilización del aluminio y sus aleaciones; y cuanto se vincule con la mecánica, electromecánica, electricidad,
electrónica, siderurgia, energías eólica, térmica, solar, nuclear o hidráulica, y las actividades anexas o conexas de
las indicadas; y b) Comerciales: compra, venta, permuta, distribución, fraccionamiento, comercialización,
importación y exportación de materias primas y mercaderías en general, incluida la energía eléctrica generada en
cualquiera de sus formas, maquinarias, productos o subproductos; representaciones; explotación de patentes,
marcas, diseños y modelos industriales y de toda otra clase, nacionales o extranjeros, y su negociación en el país
y fuera de él. A los efectos indicados precedentemente, la Sociedad podrá también instalar plantas industriales,
establecimientos comerciales y realizar obras portuarias y operarlas; promover las actividades de elaboración del
aluminio y sus aleaciones, comprar, vender, permutar, alquilar, prendar, hipotecar y constituir toda clase de
derechos reales y personales respecto de bienes muebles o inmuebles o de cualquier clase, adquirir y vender
fondos de comercio, adquirir, registrar y vender patentes y marcas o el uso de las mismas, formar parte de
sociedades de cualquier naturaleza, contratar servicios técnicos y en general realizar todos los actos y contratos
permitidos por la ley y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social; 7) Capital: $ 2.800.000.000;
8) Patrimonio neto al 31/12/2023: $ 563.440.954.282; 9) Monto y moneda de emisión: se emitió por un valor nominal
de US$ 100.000.000; 10) Obligaciones negociables emitidas con anterioridad: (I) bajo el programa global de
obligaciones negociables simples no convertibles en acciones por hasta un valor nominal en todo momento en
circulación de hasta US$ 300.000.000, aprobado por Resolución del directorio de la CNV N° 16.124 de fecha
15/05/2009, Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. emitió las obligaciones negociables clase 1 por US$ 50.000.000, que
a la fecha de este aviso han sido canceladas en su totalidad; y (II) bajo el Programa, Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C.
colocó: (a) con fecha 09/04/2019 las Obligaciones Negociables garantizadas Serie 1 a tasa fija (no convertibles en
acciones) por un total de US$ 150.000.000, denominadas, suscriptas, integradas y pagaderas en Dólares
Estadounidenses, que devengan un interés nominal anual del 6,70% pagadero en forma trimestral, y cuyo capital
se amortizará en doce (12) cuotas trimestrales consecutivas e iguales con vencimiento a partir de julio de 2021 y
con vencimiento final el 09/04/2024; (b) con fecha 30/07/2020 las Obligaciones Negociables Serie 3 por
US$ 60.000.000, respecto de las cuales el 22/08/2022 Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. anunció el rescate de la
totalidad de las Obligaciones Negociables Serie 3 que no sean integradas en canje para la suscripción de las
Obligaciones Negociables Serie 4, el cual se llevó adelante el 07/09/2022; (c) con fecha 07/09/2022 las Obligaciones
Negociables simples Serie 4 a tasa fija (no convertibles en acciones) por US$ 58.538.915, suscriptas en especie
mediante el canje de las Obligaciones Negociables Serie 3 pagaderas en pesos al tipo de cambio aplicable, en un
único pago el 07/09/2025; (d) con fecha 27/04/2023, las obligaciones negociables Serie N° 6, a tasa fija (no
convertibles en acciones) por un total de US$ 100.000.000, suscriptas, integradas y pagaderas en Pesos y que al
resultar la tasa fija licitada 0,00% no devengan intereses, y cuyo capital se amortizará en un único pago con
vencimiento el 27/04/2028; (e) con fecha 12/10/2023, las obligaciones negociables Serie N° 7 a tasa fija (no
convertibles en acciones) por un total de US$ 137.898.136, denominadas, suscriptas, integradas y pagaderas en
Dólares Estadounidenses, que devengan un interés nominal anual del 7,00% pagadero en forma trimestral, y cuyo
capital se amortizará en doce (12) cuotas trimestrales consecutivas e iguales con vencimiento a partir del 12/01/2026
y con vencimiento final el 12/10/2028. 11) Deudas con garantía contraídas al tiempo de la emisión: con fecha
23/07/2018 y 24/09/2018, Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. acordó con EKF Denmark’s Export Credit Agency
(como prestamista original), Citibank Europe Plc, UK Branch (como agente administrativo), Citibank, N.A. (como
agente de la garantía), y la sucursal de Citibank, N.A. establecida en la República Argentina (como organizador y
agente de custodia local) el otorgamiento de dos préstamos por hasta la suma de US$ 65.972.620 y US$ 56.665.229,
respectivamente, y con vencimiento el 25/04/2034 y 25/10/2034, respectivamente, para la financiación de la
adquisición e instalación de turbinas eólicas y otros equipos y costos relacionados con la segunda y tercer etapa
del parque eólico de Puerto Madryn, Provincia de Chubut. Dichos préstamos se encuentran garantizados mediante
la cesión en garantía y prenda de derechos de cobro de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. bajo los contratos de
exportación de aluminio con ciertos clientes. Al momento de la emisión ya se había amortizado parte de dichos
préstamos, siendo el capital adeudado de US$ 45.845.380 y US$ 40.610.080,84 respectivamente. Asimismo, la
Compañía colocó con fecha 9/04/2019 las Obligaciones Negociables Garantizadas Serie N° 1 (no convertibles en
acciones) a tasa fija por un total de US$ 150.000.000. Dichas obligaciones negociables están garantizadas
mediante la cesión en garantía y prenda de derechos de cobro de la Compañía bajo ciertas operaciones de
exportación con clientes. Al momento de la emisión ya se habían cancelado 11 cuotas de capital, siendo el saldo
remanente de US$ 12.555.000. Además, la Compañía colocó con fecha 12/10/2023 las Obligaciones Negociables
Serie N° 7 (no convertibles en acciones) a tasa fija por un total de US$ 137.898.136, garantizadas bajo ciertas
operaciones de exportación con clientes. 12) Garantía: las Obligaciones Negociables estarán garantizadas
mediante (i) el otorgamiento a Citibank N.A., en su carácter de agente de la garantía (el “Agente de la Garantía”), de
un derecho real de garantía (prenda) en primer grado de privilegio respecto de todo derecho, titularidad y
participación de Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. en virtud de, (a) todos los Créditos por Exportación de Aluminio
Elegibles, (b) todo el producido de los mismos y (c) cualquier pago realizado o a ser realizado conforme a una carta
de crédito, bono, garantía u otro respaldo crediticio provisto en respaldo de las obligaciones de pago de los
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Clientes Designados respecto de dicho Crédito por Exportación de Aluminio Elegible, ya sea que los posea
actualmente o los adquiera o surjan en el futuro; y (ii) el otorgamiento al Agente de la Garantía de un derecho real
de garantía (prenda) en primer grado de privilegio respecto de todo derecho, titularidad y participación de Aluar
Aluminio Argentino S.A.I.C. en virtud de la Cuenta de Cobranza, todos los reclamos y derechos ejercibles contra
terceros que surjan de ella ya sea actualmente o en el futuro, todos los fondos allí depositados actualmente o en
el futuro, todos los montos acreditados actualmente o en el futuro en la Cuenta de Cobranza y todo el producido
de los mismos, todo ello en beneficio de las Partes Garantizadas (conforme dicho término se define en el Contrato
de Garantía), incluyendo sin limitación, a los tenedores de las Obligaciones Negociables Garantizadas (los
“Tenedores”) y de acuerdo a las disposiciones del Contrato de Garantía, celebrado entre el Emisor, el Agente de la
Garantía, el Banco de la Cuenta de Cobranza y el Agente, que está regido por las leyes del Estado de Nueva York,
Estados Unidos de América (el “Contrato de Garantía”). Asimismo, conforme al Contrato de Garantía y lo previsto
en los puntos 7.11.1.5 y 7.11.1.6 de las Normas sobre Exterior y Cambios del BCRA, la Compañía podrá acumular
Créditos por Exportación de Aluminio Elegibles en la Cuenta de Cobranza por hasta el 125% del capital e intereses
de las Obligaciones Negociables a amortizarse el mes corriente y los siguientes seis meses calendario; 13)
Amortización: El capital de la Serie 8 será amortizado en 4 (cuatro) cuotas trimestrales, iguales y cada una
equivalentes al 25% del valor nominal de las Obligaciones Negociables, en las siguientes fechas: 21 de junio de
2026, 21 de septiembre de 2026, 21 de diciembre de 2026 y 21 de marzo de 2027.14) Intereses: La Serie 8 devengará
intereses a una tasa fija equivalente al 6,25%, los intereses se pagarán en forma trimestral por período vencido a
partir de los seis meses de la fecha de emisión y liquidación de las Obligaciones Negociables hasta su respectiva
fecha de vencimiento, es decir, 21 de septiembre de 2024, 21 de diciembre de 2024, 21 de marzo de 2025, 21 de
junio de 2025, 21 de septiembre de 2025, 21 de diciembre de 2025, 21 de marzo de 2026, 21 de junio de 2026, 21
de septiembre de 2026, 21 de diciembre de 2026, y 21 de marzo de 2027. Asimismo, de acuerdo con lo previsto
por el artículo 3 de la Ley de Obligaciones Negociables Nº 23.576 (y sus modificatorias), a fin de dar cumplimiento
con los efectos de la oponibilidad de la cesión en garantía y prenda respecto de los terceros de acuerdo con el
Artículo 1620 del Código Civil y Comercial de la Nación, Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. informa que, en virtud
del Contrato de Garantía, con fecha 20 de marzo de 2024 Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. envió instrucciones
irrevocables a ciertos clientes (entre ellos: Kataman Metals LLC, Concord Resouces Limited y Electa Trading S.A)
instruyéndolos a que todos los montos adeudados respecto de los Créditos por Exportación de Aluminio Elegibles
(conforme se define más adelante) sean pagados en la Cuenta de Cobranza (conforme se define más adelante),
hasta que Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. les indique o instruya otra cosa por escrito con el consentimiento del
Agente de la Garantía. Los términos en mayúsculas utilizados precedentemente tendrán el significado que se
detalla a continuación:
“Créditos por Exportación de Aluminio Elegible” significa créditos de la Compañía que son pagaderos: (a) en
dólares estadounidenses; y (b) en virtud de un Compromiso de Venta de Aluminio Elegible.
“Cuenta de Cobranza” significa una cuenta de garantía denominada “Aluar 2024 Collection Account” y designada
como Cuenta N° 13885500, la cual será mantenida por Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. en el Banco de la Cuenta
de Cobranza.
“Partes Garantizadas” significan, en relación con las Obligaciones Garantizadas, los Tenedores, las Partes de la
Operación de Garantía y el Representante de los Tenedores.
Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio de fecha 26/02/2024
ALBERTO EDUARDO MARTINEZ COSTA - T°: 11 F°: 673 C.P.A.C.F.
e. 21/03/2024 N° 15245/24 v. 21/03/2024