N° 15595/24 Aviso del Boletín Oficial
ANSA SECURITY S.A.
Texto del aviso
ANSA SECURITY S.A.
30-71620239-5 Asamblea 16/1/24 se designa Presidente: Osvaldo Daniel Mombelli, DNI 13624357, domicilio
especial Vidal 2016 piso 3 dpto 7 CABA y Directora Suplente: Teresa Ofelia Mombelli, DNI 11068663, domicilio
especial Evaristo Carriego 133 dpto 13 Edif 12 Villa Celina La Matanza Pcia Bs As. Y se modifica Art 3 queda
así: “Objeto: Articulo Tercero: Tiene por objeto dedicarse por si o por terceros, por cuenta propia o por cuenta
de terceros, o asociada a terceros, ya sea a través de agrupaciones de colaboración empresaria y/o uniones
transitoria de empresas en el país o en el exterior, a las siguientes actividades: Averiguaciones de orden civil y
comercial, sobre solvencia de personas y entidades, seguimiento y búsqueda de personas y domicilio.- Vigilancia
y protección de bienes, escolta y protección de personas, Transporte, custodia y protección de cualquier objeto
de traslado y personas, bienes, establecimientos y traslados, a excepción del transporte de caudales.- Vigilancia y
protección de bienes y personas en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas.-
Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar a una persona siempre que exista
persecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en
virtud de interés legítimo en el proceso penal.- Seguridad electrónica, provisión, instalación y mantenimiento de
sistemas telefónicos, audio, sistemas eléctricos, circuito cerrado de televisión (CCTV), alarmas, video vigilancia,
tótem, control de acceso, detección de intrusión y detección de incendio, y administración, automatización
e integración de dichos sistemas.- En la Provincia de Buenos Aires la sociedad solamente se dedicará a las
actividades establecidas por el artículo 2 de la Ley 12.297.- Se encuentran comprendidas las actividades que
tengan por objeto los servicios de vigilancia y protección de bienes, escolta y protección de personas, transporte,
custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales, vigilancia y
protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas;
Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar a una persona siempre que una
persecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en
virtud de interés legítimo en el proceso penal.- Las personas que realicen los servicios enumerados se denominan
prestadores de servicios de seguridad privada.- En la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no
ejercerá tareas de investigación y toda otra actividad prohibida por la Ley 5688 o por la Autoridad de Aplicación.-
Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo mediante personal técnico idóneo o profesionales
con título habilitante en la materia.- Realizar estudios de seguridad, análisis de riesgo, consultoría, auditorías,
capacitación, dentro del área del arte de la Seguridad Humana para optimizar los resultados y la implementación
de los servicios detallados.- A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer
obligaciones y facultad para realizar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por la leyes o
por este estatuto”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 76 de fecha 13/03/2024 Reg. Nº 1500
ana maria valdez - Matrícula: 3697 C.E.C.B.A.
e. 22/03/2024 N° 15595/24 v. 22/03/2024