N° 10774/2014 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 8, a cargo del Dr. Javier Jorge Cosentino, Secretaría
Nº 15 interinamente a mi cargo, sito en Av. Pte. Roque Saenz Peña 1211, Piso 7, CABA, comunica por CINCO
DIAS que en autos: “GUIDO GUIDI S.A. S /INCIDENTE DE VENTA AV. MONTES DE OCA 2052/54 CABA” Ex.
Nº 10774/2014/91, se dispuso llamado a audiencia pública a fin de efectuar una MEJORA DE OFERTA por la
compra del inmueble sito en Avda. Manuel A. Montes de Oca 2052 /2054 entre las calles Osvaldo Cruz y Rio
Cuarto, Matricula: 04-195/1, Circ. 4, Sec. 10, Manzana 3, Parcela 24, Piso: PLANTA BAJA – Superficie 114.9 m2 -
Porcentual 45.91%, DESOCUPADO. La oferta a mejorar es la presentada por Patricio Daniel Perez por la suma de
U$S 56.000 (dólares estadounidenses cincuenta y seis mil). COMISIÓN DE MARTILLERO: 3%. ARANCEL (CSJN):
0.25%. Podrán ser presentadas las ofertas hasta el día 17 de abril de 2024 a las 13.30 hs. En formato digital y los
sobres se abrirán el 23/4/2024 a las 10.00 hs., fecha en la que se celebrará la audiencia de mejora de oferta en
la Oficina de Subastas Judiciales sita en Jean Jaures 545 de CABA con la martillera actuante (Alejandro, Natalia
Verónica) quien llevará adelante la puja junto con personal del Juzgado. Si el saldo de precio se abonara en pesos,
el cambio se calculará conforme a la cotización del dólar MEP a la fecha de la audiencia. Los interesados deberán
indicar en la oferta los datos (nombre completo y DNI) de la persona que intervendrá en dicho acto, e igual requisito
deberá cumplir el primer oferente. Se procederá al archivo de las presentaciones que se efectúen a tales efectos
hasta el momento de la celebración de la audiencia. El día anterior a la audiencia se enviará por Secretaría el
listado completo y definitivo con los datos de los únicos autorizados a ingresar al recinto. Las ofertas deberán
contener: Persona física: nombre, profesión, edad, documento de identidad, con denuncia de domicilio real, y
constitución de domicilio procesal dentro del radio del juzgado. Persona jurídica: copia certificada del contrato
social y sus modificaciones debidamente inscripto ante la Inspección de Personas Jurídicas, y constitución de
domicilio procesal, dentro del radio del Juzgado. Denuncia de la situación frente al IVA y el número de CUIT.
En caso de existir varias ofertas respecto de los bienes y en el mismo acto, se convocará a su mejora entre los
oferentes presentes en la audiencia, la que deberá ser un 10% superior a la oferta más alta; utilizándose el mismo
porcentual para las que sucesivamente se fueran realizando con posterioridad. Se aclara el derecho reconocido
a Patricio Daniel Pérez de igualar la mejor oferta implica que, una vez culminada la puja, se le preguntará al
primer oferente si desea igual la oferta. Con su respuesta -positiva o negativa- culminará el acto sin que, en
ningún caso, se reabra la puja. Los fondos depositados en concepto de garantía no serán reintegrados a los
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.392 - Segunda Sección 110 Miércoles 3 de abril de 2024
oferentes hasta tanto se encuentre abonado el saldo de precio de la adjudicación. Las ofertas deberán ingresarse
digitalmente a las presentes actuaciones, y serán reservadas en la bandeja de escritos hasta que se celebre
la audiencia. Aprobada la adjudicación, el saldo de precio y la comisión del 3% a favor del auxiliar rematador
-junto con el IVA en caso de corresponder-, se abonarán dentro del plazo de cinco días (art. 205, inciso 8º LCQ),
cuyo incumplimiento traerá aparejada la automática resolución de la adjudicación, la pérdida de su derecho y
de la garantía de mantenimiento de la oferta (arg. LCQ: 205.8). De producirse la situación descripta, el bien será
adjudicado al segundo mejor oferente, en los mismos términos y condiciones descriptos en la presente, y así
sucesivamente. Los señores oferentes deberán depositar, como garantía de mantenimiento de la oferta, la suma
de dólares estadounidenses 5.700 o su equivalente en moneda local, la que deberá calcularse según la cotización
del tipo de cambio correspondiente al dólar MEP, también conocido como “dólar bolsa”, tipo vendedor, al día de
efectuarse la oferta, acompañando las constancias de las que fluyan tales cálculos. De optar por depositar dólares
estadounidenses, el mismo deberá efectuarse a la cuenta abierta en este incidente en el Banco de la Ciudad de
Buenos Aires -Sucursal Tribunales- (art. 205 inc. 5º, segundo párrafo LCQ) T° 914 F° 426/0. Si el oferente opta
por depositar en moneda local, podrá efectuar el mismo en la cuenta abierta en este incidente en el Banco de
la Ciudad de Buenos Aires -Sucursal Tribunales T° 880 F° 680/4. Este depósito en garantía podrá ser imputado
por los adjudicatarios a cuenta del precio total para el momento en que deban formalizar el pago de lo adquirido,
en el supuesto que les fuere adjudicado. Se deja expresamente dispuesto que el depósito en garantía deberá
acreditarse mediante la respectiva boleta de depósito y que las sumas efectivamente deberán estar disponibles
en la cuenta. Debe dejarse constancia que una vez realizada la lectura de las ofertas resulta improcedente que
algún oferente tenga derecho a reacomodar los términos de su presentación para adecuarla tardíamente a las
condiciones exigidas por el pliego (C.Com. Sala “A”,6-12-l994,”Papel del Tucumán s/quiebra). En cuanto a las
deudas no prescriptas por tasas o impuestos municipales y/o provinciales que recaigan sobre el bien, se dispone
que las mismas se dividirán en tres periodos: (i) anteriores a la quiebra estarán sujetas a verificación, debiendo
los organismos peticionantes ocurrir por la vía y forma que corresponda (LCQ: 200 y 223); (ii) desde el decreto
de quiebra y hasta la toma de posesión, estas estarán a cargo del concurso (LCQ: 240); (iii) a partir de la toma de
posesión, quedarán a cargo del comprador del bien (CCCN: 1924). La adjudicación del bien, recaerá en la que
obtenga el más alto precio (art. 205 inc. 7º L.C.Q.), decisión que será irrecurrible. Asimismo, todas las cuestiones
que se susciten en relación al presente llamado de oferta, tendrán el mismo carácter. Se fija exhibición para el día
el 15 de abril de 2024 en el horario de 10.00 a 13.00 hs. Buenos Aires, 22 de marzo de 2024. JAVIER J. COSENTINO
Juez - RODRIGO JAIME SECRETARIO
e. 25/03/2024 N° 16160/24 v. 04/04/2024