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N° 17773/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - SAN NICOLÁS

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES jueves, 4 de abril de 2024

Texto del aviso

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - SAN NICOLÁS

EDICTO

POR 5 DIAS.- El Juzgado Civil y Comercial Nº 5, a cargo del Dr. JOSE I. ONDARCUHU, Secretaría Unica del

Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Guardia Nacional 47, hace saber que en los autos caratulados

“OVERSAFE SEGUROS DE RETIRO S.A. S/ OFICIO” Expte. 3175-2022 el Martillero JORGE ANIBAL MAQUIEYRA

(Mat.L.2-Fº 254 del CMSN- Cuit 20-11725276-1 – Responsable Inscripto) subastará mediante la modalidad de

Subasta Electrónica, al contado y al mejor postor, el 100 % del inmueble ubicado en calle Mitre 365 de la ciudad

de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, con Nomenclatura Catastral: Circ. I – Sec. B – Manz. 128 – Parcela 15

– Unidad Funcional 2 – Partida Inmobiliaria 098-006009-8 - Matricula 24872/2.- COMIENZO DE LA SUBASTA EL 15-

04-2024 (11,00 HS) HASTA EL 26-04-2024 (11,00 Hs).- BASE: $ 6.000.000,00.- DEPOSITO DE GARANTIA: 5 % de la

base fijada y se deberá depositar tres días antes de la fecha fijada para el inicio de la puja electrónica..- COMISION:

3% más Iva, del precio obtenido en la subasta electrónica, más los aportes previsionales (10 % sobre los honorarios)

a cargo del comprador, y se deberá depositar conjuntamente con la SEÑA del 30 % del precio obtenido dentro de

los cinco días de notificado de ser el ganador de la puja electrónica.- Déjase constancia que el depósito en cuestión

no podrá ser integrado con aquél que fuera efectuado en concepto de garantía.- SALDO DE PRECIO dentro del

quinto día de aprobado el remate sin necesidad de notificación o intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por

el Art. 585 del Código objetivo.- Todos los pagos y/o transferencias deberán hacerse en la cuenta judicial de autos,

en Pesos, Nº 5734141 – CBU 0140482527659857341414 – Cuit Poder Judicial 30-70721665-0 – BAPRO – Tribunales

de San Nicolás.- En caso de que el inmueble registrase deudas por tasas, impuestos, o contribuciones, solo serán

a cargo del comprador las devengadas con posterioridad a la toma de posesión.-Las que correspondan al período

anterior al decreto falencial deberán ser objeto de petición verificatoria y las inherentes al período comprendido

entre la declaración de quiebra y fecha de entrega de la posesión, serán reconocidas como acreencias del concurso

y solventadas con la preferencia que corresponda El inmueble se entregará DESOCUPADO.- Todo interesado en

participar de la subasta deberá registrarse como postor en la Seccional del Registro General de Subastas Judiciales

(art. 6 a 20 Ac. 3604/12 de la SCBA (subastas-sn@scba.gov.ar), sito en calle Pellegrini Nº 68 P.B. de San Nicolás,

Provincia de Bs. As. con una antelación mínima de 3 días hábiles al comienzo de la celebración de la misma (arts. 562

del CPCC y art. 21/24 Ac. 3604/12 de la SCBA) y en dicho acto deberán indicar si efectuarán la reserva de postura.-

Se prohibe la compra en comisión, la cesión de derechos y acciones y el otorgamiento de poderes especiales

irrevocables a favor de terceros para la posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta del bien.- Para el

supuesto de solicitar la exención del depósito de garantía el ejecutante deberá – además de completar el formulario

de inscripción en la página web de la SCBA – presentar en la Seccional correspondiente el testimonio de la resolución

judicial que lo exima del depósito de garantía, sustitutivo del comprobante de pago del depósito (art. 22 Ac. 3604/12

SCBA . según texto Ac. 3731.- El depósito será reintegrado a los oferentes no ganadores de manera inmediata o

automática mediante oficio – a confeccionar por el Juzgado- dirigido al Banco de depósitos judiciales, comunicando

el listado de aquellos para que desde allí se transfiera desde la cuenta de autos a la cuenta de cada uno de los mismos,

dicho depósito (debiendo previamente contar para ello y en la Sede del Juzgado, con las Actas – acompañadas a

posteriori del cese de pujas – por el RGSJ, que informe todos aquellos que se acreditaron para participar de la subasta

y no resultaron adjudicatarios, más código de postor de cada uno y datos de su cuenta bancaria privada que debió

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.393 - Segunda Sección 99 Jueves 4 de abril de 2024

indicar CBU y también informe o reporte del Martillero de postores efectivamente intervinientes y máxima oferta de

cada uno de ellos, el que identificará, por ejemplo, el adjudicatario al que no se le devolverá el depósito, salvo para

aquellos que hubieran hecho reserva de postura, a los que les será devuelta solo si lo piden (Art. 585 – 2do párrafo

CPCC, Art. 39 Ac 3604/12 según texto Ac. 3875.- Para aquellos postores que hayan efectuado reserva de postura

(art. 40 del Ac. 3604/12 de la SCBA podrán requerir en cualquier momento posterior a la finalización de la subasta la

restitución del dinero, desistiendo de esa manera a la reserva oportunamente pedida.- Audiencia de Adjudicación:

Se realizará el día 29-05-2024 a las 9,30 Hs (supletoria día 12-06-2024 a las 9,00 hs – Resol.2129/2015, punto XII)

en la sede del Juzgado, debiendo comparecer el adjudicatario munido del formulario de Inscripción a la subasta,

comprobante de pago del depósito de garantía, constancia de código de postor, DNI y demás instrumentos que

permitan su fehaciente individualización como comprador en la subasta electrónica.- El Martillero designado deberá

confeccionar el respectivo boleto de compraventa, el que será firmado en la audiencia dispuesta y en presencia del

Actuario.- Asimismo el adjudicatario deberá acreditar en la audiencia el depósito del importe correspondiente al

impuesto de sellos que se encuentra a cargo del comprador (en la proporción de la alícuota vigente al momento del

acto).- Para la eventualidad que el mayor oferente no cumpliere con tales obligaciones, perderá la garantía y quién

haya realizado la oferta precedente, si no hubiere pedido la restitución de la garantía, será invitado a mantenerla.- Se

dispondrá automáticamente la indisponibilidad del 100 % del precio obtenido, hasta que se otorgue la escritura

correspondiente o se inscriba el bien a su nombre, si se prescindiere de aquella, salvo que la demora en la realización

de estos trámites le fueren imputables.- Déjase constancia que la indisponibilidad no regirá respecto de los gastos

de escrituración y pagos de impuestos y gastos de justicia (Art. 581 del CPCC).- Visitas: 25 y 26-03-2024 de 9,00 a

12,00 Hs. Habiendo sido exhibido el inmueble adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo respecto del

estado, medidas, condiciones, características, usos marcas, modelos numeraciones y series.- Por informes consultar

Expediente en el Juzgado o al Martillero (Celular 2478-444942 . e-mail: jorge@maquieyra.com.ar), o en la Web: http://

subastas.scba.gov.ar .- SAN NICOLAS, de Marzo de 2024.-

POR 5 DIAS.- Para ser publicado EXENTOS DE PAGO (Art. 273, Inc. 8, Ley 24522) en el BOLETIN OFICIAL DE LA

REPUBLICA ARGENTINA, en el BOLETIN JUDICIAL de la Provincia de Buenos Aires y SIN PREVIO PAGO en el

diario EL NORTE de San Nicolás.-

Alejandro Jose Teti, Auxiliar letrado

e. 04/04/2024 N° 17773/24 v. 10/04/2024