N° 18892/24 Aviso del Boletín Oficial
TBSA TORO BROKERS S.A.
Texto del aviso
TBSA TORO BROKERS S.A.
REFORMA ESTATUTO: OBJETO: TBSA TORO BROKERS SA: CUIT 30-71659030-1: Por ACTA del 27/03/2024
en forma UNANIME RESOLVIO REFORMAR ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene como objeto: Realizar por
cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: CONSTRUCTORA: Construcción y/o
refacción de inmuebles urbanos, rurales, para renta y comercio, civiles, particulares, y la edificación de cualquier
naturaleza, la Ley 19.724 y sus reglamentaciones por el sistema de compra venta al costo o por constitución de
consorcios de propietarios en general, leasing y fideicomiso, construcción de urbanizaciones especiales, mega
emprendimientos, y conjuntos inmobiliarios tales como barrios cerrados, clubes de campo, barrio de chacras,
parques industriales, centros de compra, parques náuticos, como así también la construcción, ejecución o
montaje de toda obra, sus estudios proyectos e instalaciones sean públicas o privadas y todas las actividades
relacionadas a hidrocarburos.- INMOBILIARIA: compra, venta, leasing, permuta, fideicomiso de administración,
inmobiliario y/o de garantía, construcción, explotación, subdivisión, alquiler, administración, arrendamiento de
propiedades, inmuebles urbanos o rurales, barrios privados, clubes de campo y parques industriales, como así
también el otorgamiento de cesiones de uso y goce sobre los mismos y la compra, venta, permuta, leasing, y
todas las actividades relacionadas a hidrocarburos y realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen
las leyes de suelo. FINANCIERA: Comprar, vender y efectuar todo tipo de operaciones con títulos, acciones,
obligaciones, debentures y cualquier otro valor mobiliario en general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta
propia o de terceros. Otorgar préstamos o aportes o inversiones de capitales a particulares o sociedades por
acciones; realizar financiaciones y operaciones de créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en
la legislación vigente o sin ellas; negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios y realizar operaciones
financieras en general. Quedan excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras y toda aquella que
requiera el concurso del ahorro público. Las actividades que así lo requieran serán realizadas por profesionales
con título habilitante.- DESARROLLADORA: desarrollo de proyectos inmobiliarios ya sean oficinas, viviendas,
urbanizaciones especiales, mega emprendimientos, y conjuntos inmobiliarios tales como barrios cerrados, clubes
de campo, barrio de chacras, parques industriales, sean propios o de terceros y todas las actividades relacionadas
a hidrocarburos. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer
los actos que, directa o indirectamente, se relacionen con el objeto social y que no sean prohibidos por las leyes
o por este estatuto.- Toma la palabra el Sr.Cantero y manifiesta que la sociedad debe ampliar su objeto social a
efecto de brindar un mejor servicio y cree conveniente aprobar el leído recientemente. Sobre el particular Lucía
March expresa que lo expuesto por el Presidente es correcto. La propuesta es aprobada por la totalidad de los
presentes. S e pasa a Tratar el Tercer punto del Orden del Dia: 3.- OTORGAR PODER ESPECIAL a favor de la
autorizante y/o Emiliano VILLANUEVA titular del Documento Nacional de Identidad 28.987.119 y/o Gastón ALIAGA,
titular del Documento Nacional de Identidad 26.602.389, Carlos LÓPEZ, DNI 23.549.434 y/o Gastón ALIAGA, DNI
26.602.389, Pablo Martín SACHINELLI, DNI 26.395.362, para que actuando en forma indistinta, acepten y realicen
todas las gestiones y diligencias necesarias para obtener de la autoridad de contralor pertinente, la conformidad
respectiva para funcionar como sociedad anónima, con facultad para aceptar y o proponer modificaciones de
la presente, incluso la denominación social, hacer aclaratorias, suscribiendo todos los instrumentos públicos y
privados que fueren menester, publicar edictos, presentarse ante la Inspección General de Justicia a efectos de
obtener la inscripción de la presente, solicitar rubricas de libros, ejercer los recursos que prescribe el artículo
189 de la ley 19.550 y en fin realizar cuantos más actos, gestiones y diligencias fueren menester para el mejor
desempeño del presente mandato.- Autorizado según instrumento privado ACTA de fecha 27/03/2024
María Vadillo - Matrícula: 5283 C.E.C.B.A.
e. 08/04/2024 N° 18892/24 v. 08/04/2024