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N° 17773/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - SAN NICOLÁS

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 10 de abril de 2024

Texto del aviso

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - SAN NICOLÁS

EDICTO

POR 5 DIAS.- El Juzgado Civil y Comercial Nº 5, a cargo del Dr. JOSE I. ONDARCUHU, Secretaría Unica del

Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Guardia Nacional 47, hace saber que en los autos caratulados

“OVERSAFE SEGUROS DE RETIRO S.A. S/ OFICIO” Expte. 3175-2022 el Martillero JORGE ANIBAL MAQUIEYRA

(Mat.L.2-Fº 254 del CMSN- Cuit 20-11725276-1 – Responsable Inscripto) subastará mediante la modalidad de

Subasta Electrónica, al contado y al mejor postor, el 100 % del inmueble ubicado en calle Mitre 365 de la ciudad

de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, con Nomenclatura Catastral: Circ. I – Sec. B – Manz. 128 – Parcela

15 – Unidad Funcional 2 – Partida Inmobiliaria 098-006009-8 - Matricula 24872/2.- COMIENZO DE LA SUBASTA

EL 15-04-2024 (11,00 HS) HASTA EL 26-04-2024 (11,00 Hs).- BASE: $ 6.000.000,00.- DEPOSITO DE GARANTIA:

5 % de la base fijada y se deberá depositar tres días antes de la fecha fijada para el inicio de la puja electrónica..-

COMISION: 3% más Iva, del precio obtenido en la subasta electrónica, más los aportes previsionales (10 % sobre

los honorarios) a cargo del comprador, y se deberá depositar conjuntamente con la SEÑA del 30 % del precio

obtenido dentro de los cinco días de notificado de ser el ganador de la puja electrónica.- Déjase constancia

que el depósito en cuestión no podrá ser integrado con aquél que fuera efectuado en concepto de garantía.-

SALDO DE PRECIO dentro del quinto día de aprobado el remate sin necesidad de notificación o intimación, bajo

apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 585 del Código objetivo.- Todos los pagos y/o transferencias deberán

hacerse en la cuenta judicial de autos, en Pesos, Nº 5734141 – CBU 0140482527659857341414 – Cuit Poder

Judicial 30-70721665-0 – BAPRO – Tribunales de San Nicolás.- En caso de que el inmueble registrase deudas

por tasas, impuestos, o contribuciones, solo serán a cargo del comprador las devengadas con posterioridad a la

toma de posesión.-Las que correspondan al período anterior al decreto falencial deberán ser objeto de petición

verificatoria y las inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra y fecha de entrega de la

posesión, serán reconocidas como acreencias del concurso y solventadas con la preferencia que corresponda

El inmueble se entregará DESOCUPADO.- Todo interesado en participar de la subasta deberá registrarse como

postor en la Seccional del Registro General de Subastas Judiciales (art. 6 a 20 Ac. 3604/12 de la SCBA (subastas-

sn@scba.gov.ar), sito en calle Pellegrini Nº 68 P.B. de San Nicolás, Provincia de Bs. As. con una antelación mínima

de 3 días hábiles al comienzo de la celebración de la misma (arts. 562 del CPCC y art. 21/24 Ac. 3604/12 de la

SCBA) y en dicho acto deberán indicar si efectuarán la reserva de postura.- Se prohibe la compra en comisión,

la cesión de derechos y acciones y el otorgamiento de poderes especiales irrevocables a favor de terceros para

la posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta del bien.- Para el supuesto de solicitar la exención del

depósito de garantía el ejecutante deberá – además de completar el formulario de inscripción en la página web

de la SCBA – presentar en la Seccional correspondiente el testimonio de la resolución judicial que lo exima del

depósito de garantía, sustitutivo del comprobante de pago del depósito (art. 22 Ac. 3604/12 SCBA . según texto

Ac. 3731.- El depósito será reintegrado a los oferentes no ganadores de manera inmediata o automática mediante

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.397 - Segunda Sección 94 Miércoles 10 de abril de 2024

oficio – a confeccionar por el Juzgado- dirigido al Banco de depósitos judiciales, comunicando el listado de

aquellos para que desde allí se transfiera desde la cuenta de autos a la cuenta de cada uno de los mismos,

dicho depósito (debiendo previamente contar para ello y en la Sede del Juzgado, con las Actas – acompañadas

a posteriori del cese de pujas – por el RGSJ, que informe todos aquellos que se acreditaron para participar de

la subasta y no resultaron adjudicatarios, más código de postor de cada uno y datos de su cuenta bancaria

privada que debió indicar CBU y también informe o reporte del Martillero de postores efectivamente intervinientes

y máxima oferta de cada uno de ellos, el que identificará, por ejemplo, el adjudicatario al que no se le devolverá

el depósito, salvo para aquellos que hubieran hecho reserva de postura, a los que les será devuelta solo si lo

piden (Art. 585 – 2do párrafo CPCC, Art. 39 Ac 3604/12 según texto Ac. 3875.- Para aquellos postores que hayan

efectuado reserva de postura (art. 40 del Ac. 3604/12 de la SCBA podrán requerir en cualquier momento posterior

a la finalización de la subasta la restitución del dinero, desistiendo de esa manera a la reserva oportunamente

pedida.- Audiencia de Adjudicación: Se realizará el día 29-05-2024 a las 9,30 Hs (supletoria día 12-06-2024 a las

9,00 hs – Resol.2129/2015, punto XII) en la sede del Juzgado, debiendo comparecer el adjudicatario munido del

formulario de Inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito de garantía, constancia de código de

postor, DNI y demás instrumentos que permitan su fehaciente individualización como comprador en la subasta

electrónica.- El Martillero designado deberá confeccionar el respectivo boleto de compraventa, el que será firmado

en la audiencia dispuesta y en presencia del Actuario.- Asimismo el adjudicatario deberá acreditar en la audiencia

el depósito del importe correspondiente al impuesto de sellos que se encuentra a cargo del comprador (en la

proporción de la alícuota vigente al momento del acto).- Para la eventualidad que el mayor oferente no cumpliere

con tales obligaciones, perderá la garantía y quién haya realizado la oferta precedente, si no hubiere pedido la

restitución de la garantía, será invitado a mantenerla.- Se dispondrá automáticamente la indisponibilidad del 100

% del precio obtenido, hasta que se otorgue la escritura correspondiente o se inscriba el bien a su nombre, si

se prescindiere de aquella, salvo que la demora en la realización de estos trámites le fueren imputables.- Déjase

constancia que la indisponibilidad no regirá respecto de los gastos de escrituración y pagos de impuestos y

gastos de justicia (Art. 581 del CPCC).- Visitas: 25 y 26-03-2024 de 9,00 a 12,00 Hs. Habiendo sido exhibido el

inmueble adecuadamente no se admitirán reclamos de ningún tipo respecto del estado, medidas, condiciones,

características, usos marcas, modelos numeraciones y series.- Por informes consultar Expediente en el Juzgado

o al Martillero (Celular 2478-444942 . e-mail: jorge@maquieyra.com.ar), o en la Web: http://subastas.scba.gov.ar

.- SAN NICOLAS, de Marzo de 2024.-

POR 5 DIAS.- Para ser publicado EXENTOS DE PAGO (Art. 273, Inc. 8, Ley 24522) en el BOLETIN OFICIAL DE LA

REPUBLICA ARGENTINA, en el BOLETIN JUDICIAL de la Provincia de Buenos Aires y SIN PREVIO PAGO en el

diario EL NORTE de San Nicolás.-

Alejandro Jose Teti, Auxiliar letrado

e. 04/04/2024 N° 17773/24 v. 10/04/2024