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N° 1023/13 Aviso del Boletín Oficial

TRUEGRIT CAPITAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 10 de abril de 2024

Texto del aviso

TRUEGRIT CAPITAL S.A.

Comunica su constitución por Escritura Pública N° 959 del 9 de abril de 2024, ante el escribano Joaquín Esteban

Urresti, titular del registro Nº 501, de Capital Federal. Denominación: TrueGrit Capital S.A.

Accionistas: Nicolas CHIESA, argentino, nacido el 24/01/1982, DNI 29.317.022, y C.U.I.T. 20-29317022-4,

Licenciado en Economía, casado, domiciliado en calle Cerrito 1222, piso 6°, CABA; y Tomas Marcelo CHITTARO

VILLAR, argentino, nacido el 13/06/1982, DNI 29.591.116 y C.U.I.T. 20-29591116-7, Licenciado en Administración,

casado, domiciliado en Av. Pueyrredón 1480, piso 7°, CABA. Sede: Avenida Coronel Diaz número 2583, 5° piso,

Depto 10, CABA. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada

a terceros, en cualquier lugar dentro de la República Argentina o en el exterior, con sujeción a las leyes del

respectivo país, a actuar en el ámbito del mercado de capitales bajo cualquiera de las categorías de agente

creadas o que en el futuro se creen, y que fueran compatibles entre sí, de conformidad con lo dispuesto por la

Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, el Decreto N° 1023/13 y la Resolución General de la Co-misión Nacional

de Valores N° 622/13 (según dichas normas fueran modificadas y/o complementadas), incluyendo, sin limitación,

actuar como Agente de Liquidación y Compensación (tanto integral como propio) y/o Agente de Negociación

y/o Agente de Colocación y Distribución de Productos de Inversión Colectiva y/o Agente de Administración o

Custodia de Productos de Inversión Colectiva y/o Fiduciario (tanto financiero como no financiero), para lo cual

podrá desempeñar, siempre de conformidad con la normativa aplicable, las siguientes actividades: a) Comerciales:

realizar, en cualquier mercado de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores, cualquier clase

de operaciones sobre valores negociables públicos o privados, permitidas por las disposiciones legales y

reglamentarias vigentes a las categorías de agentes mencionadas anteriormente; podrá operar en los mercados

en los cuales se celebren contratos al contado o a término, de futuros y opciones sobre valores negociables; la

prefinanciación y distribución primaria de valores negociables en cualquiera de sus modalidades, y en general,

intervenir en aquellas transacciones del mercado de capitales que pueda llevar a cabo en la categoría de

agente que sea aplicable, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor en la

República Argentina. b) Mandatarias: Administrar por cuenta de terceros negocios financieros, y en especial,

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.397 - Segunda Sección 13 Miércoles 10 de abril de 2024

los relacionados con títulos de crédito, valores negociables públicos o privados, representaciones, cobranzas,

mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya

sido reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como agente de suscripciones o servicios de

renta y amortización; administración de carteras de valores negociables, y cualquier actividad financiera adecuada

a la normativa vigente en la materia, las normas de la CNV y los mercados autorizados por la CNV del país.

c) Fiduciarias: Actuar como fiduciario financiero y fiduciario no financiero, de conformidad a lo dispuesto en el

Capítulo 30 y 31 del CCyC de la Nación y la Res Gral de la CNV N° 622/13 (según las mismas fueran modificadas

y complementadas, las “Normas de la CNV”), según corresponda, en toda clase de fideicomisos, incluyendo a

modo enunciativo y sin que implique limitación de naturaleza alguna, a cualquier tipo de fideicomisos públicos y

privados, fideicomisos financieros con o sin oferta pública, fideicomisos no financieros, fideicomisos ordinarios

públicos, fideicomisos de garantía, fideicomisos de administración, fideicomisos de inversión, depositario de

garantía (escrows agreements) y/o todo otro tipo de fideicomisos o servicios fiduciarios, de custodia de valores y

bienes de terceros en general, mandatos y representaciones y/o cualesquiera otra forma creada o a crearse dentro

del marco del Capítulo 30 y 31 CCyCde la Nación y las Normas de la CNV y demás normas complementarias. A

tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los

actos que no sean prohibidos por las leyes, reglamentos o por este estatuto. d) Financieras: Realizar operaciones

que tengan por objeto títulos de crédito o valores negociables públicos o privados, asesoramiento financiero,

otorgamiento de préstamos y/o realización de aportes e inversiones de capitales a particulares o sociedades,

incluyendo, otorgar garantías a favor de terceros, y toda operación financiera permitida por la ley vigente. No podrá

realizar las actividades reguladas por la ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público. A

tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todos

los actos que no sean prohibidos por las leyes, o reglamentos, o por este estatuto. Plazo de Duración: 99 años

desde la fecha de su inscripción en el Registro Público. Capital Social: $ 30.000.000 representado por 30.000.000

acciones, ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto

por acción. La Sociedad podrá aumentar su capital social hasta el quíntuplo de su monto conforme el artículo

188 de la Ley 19.550, fijando o no una prima de emisión conforme lo previsto en el artículo 202 de la Ley General

de Sociedades N° 19.550, siendo la fijación de la prima potestad exclusiva de la Asamblea de Accionistas. A fin

de fijar la prima de emisión, la Asamblea de Accionistas podrá aplicar el método de valuación que en cada caso

considere conveniente. Las acciones son libremente transmisibles Suscripción e integración del Capital: Nicolas

CHIESA suscribe 15.000.000 de acciones representado por $ 15.000.000; y Tomas Marcelo CHITTARO VILLAR

15.000.000 representado por $ 15.000.000. Los accionistas integran el 25% del capital suscripto por cada uno

de ellos. Dirección y Administración: a cargo de un Directorio integrado de 1 a 3 miembros titulares, pudiendo la

asamblea elegir igual o menor número de suplentes. El término de su mandato es de 3 ejercicios. El número de

Directores titulares se fija en 2 y el de Directores Suplentes en 1. Composición del Directorio: Presidente: Nicolas

CHIESA; Vicepresidente: Tomas Marcelo CHITTARO VILLAR y Director Suplente: José Maria BAZAN. Los Sres.

Chiesa y Chittaro Villar constituyen domicilio especial en Av. Coronel Diaz 2583, Piso 5°, Depto 10, CABA y el Sr.

Bazan en Ingeniero Enrique Butty 275, Piso 12°, CABA. Fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura en los

términos del artículo 284 de la Ley N° 19.550. Representación legal: corresponde al Presidente o al Vicepresidente

en caso de ausencia o impedimento del Presidente. Asimismo, en caso de ausencia o impedimento del Presidente,

el Directorio podrá autorizar la actuación de uno o más de sus directores para el ejercicio de la representación legal

por el tiempo que dure la ausencia o impedimento del Presidente. Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 959 de fecha 09/04/2024 Reg. Nº 501

EZEQUIEL MATIAS CASTELLO - T°: 144 F°: 79 C.P.A.C.F.

e. 10/04/2024 N° 19796/24 v. 10/04/2024