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N° 22026/24 Aviso del Boletín Oficial

H5 S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 19 de abril de 2024

Texto del aviso

H5 S.A.

CUIT: 30-71025407-5. Declaración Jurada: 17/04/2024. Modificación Art. 2°, 3° y 5°. Incorporación Art 13° y Redacción

de nuevo Texto Ordenado. Objeto Social (art. 3°): La Sociedad tiene por objeto realizar en la República Argentina

y/o en el extranjero, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, sean personas humanas o jurídicas,

la construcción, mejora, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y

explotación de todo tipo de obras viales, túneles, edificios, desagües, oleoductos, diques, usinas y toda otra obra

de ingeniería y/o de arquitectura, pública o privada, mediante el sistema de concesión, la participación público-

privada, la iniciativa privada o cualquier otro régimen jurídico aplicable público, privado o mixto, con retribución

por peaje, pago directo, tarifas o cualquier otra forma de pago. Queda expresamente comprendido dentro de

su objeto, sin que ello resulte limitativo a las demás actividades que pudiera desarrollar la Sociedad en pleno

cumplimiento de su objeto social: (i) la ejecución de las Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura (ORI) y

Obras Nuevas (ONU) cuya continuación sea acordada con la Dirección Nacional de Vialidad o el organismo que

lo reemplace en el futuro; y (ii) la realización de todo tipo de actividad tendiente a la liquidación del Contrato de

Concesión de la denominada “Autovía Luján – Carlos Casares”. A tal fin, la Sociedad podrá realizar las siguientes

actividades directamente relacionadas con su objeto: 1.- Construcción: la actividad de la construcción, incluyendo

la elaboración, fabricación y acopio de todo tipo de materiales para la construcción, la construcción y explotación

de plantas de hormigón, asfalto o de cualquier tipo de material apto para la construcción; la explotación de suelos,

minas, canteras y toda clase de yacimientos; corrimiento de interferencias a las obras de cualquier índole, incluso

aquellas que correspondan a la prestación de servicios públicos; la administración, colonización, arrendamiento,

locación, compraventa de tierras, estancias, campos, bosques, chacras, fincas y cualquier otra clase de bienes

inmuebles propios o de terceros; el estudio, el desarrollo, la ejecución y la dirección ejecutiva y representación

técnica de las obras; 2.- Servicios: la realización de estudios de ingeniería, proyectos ejecutivos, estudios de mercado

y factibilidad, croquis preliminares, planos, anteproyectos, asesoramiento, consultoría, organización, supervisión,

dirección, ensayos, sistemas de protección y control, provisión de equipos y/o materiales y mantenimiento de

obras. 3.- Garantías: El otorgamiento de garantías a favor de terceros, contragarantías, avales y fianzas, créditos,

títulos valores, préstamos y adelantos en dinero con o sin garantía real o personal, a los efectos de garantizar el

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.404 - Segunda Sección 8 Viernes 19 de abril de 2024

mantenimiento de las ofertas en los distintos procedimientos de selección públicos o privados y la ejecución y

cumplimiento de las obligaciones comprometidas en las obras; 4.- Comercio Exterior: La importación y exportación

de cualquier producto, subproducto, materiales, maquinarias, materias primas, herramientas, instalaciones,

patentes, licencias, fórmulas y diseños que se relacionen directamente con el objeto social, bajo cualquier régimen

jurídico aplicable en la materia. La enumeración es meramente enunciativa, considerándose comprendida en el

objeto social toda otra actividad económica que tengan relación con las mencionadas y que sean antecedente

o consecuencia necesaria para el mejor cumplimiento de las actividades enunciadas. A los fines expuestos, la

Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos

que no sean expresamente prohibidos por las leyes o el Estatuto. A los efectos de realizar las actividades previstas

en los puntos anteriores, toda vez que sea necesario, se obtendrán los permisos correspondientes y se utilizarán

los servicios de profesionales matriculados o autorizados por la autoridad competente y la normativa aplicable.

Todo resuelto por Asamblea del 04/04/2024 Autorizado según instrumento privado Declaracion Jurada de fecha

17/04/2024

Federico Teran - Matrícula: 4923 C.E.C.B.A.

e. 19/04/2024 N° 22026/24 v. 19/04/2024