N° 23099/24 Aviso del Boletín Oficial
ASOCIACIÓN MUTUAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD (A.M.F.A.Y S.)
Texto del aviso
ASOCIACIÓN MUTUAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD (A.M.F.A.Y S.)
30682713700. A los fines del Artículo 1620 del Código Civil y Comercial de la Nación y a cualquier otro efecto que
pudiera corresponder, se notifica que la Asociación Mutual de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (AMFAyS)
actuando como cedente (la “Cedente”) y HSBC Bank Argentina S.A. actuando como Cesionario (el “Cesionario”)
han conformado las cesiones a favor del Cesionario de los derechos, créditos y acciones sobre los Créditos
que a continuación se describen: Con fecha 14/03/2024 – Lote 10: ARGUELLO MAURICIO JULIAN DNI43711831;
CASTILLO BANJA SOFIA DNI43068476; CASTILLO MIGUEL ALBERTO DNI29830232; BARRERA MICAELA
ANDREA DNI41590778; DIAZ LUCAS MIGUEL DNI31321717; AGUIRRE RAMON ALEJANDRO DNI29885419;
LEIVA DARDO ADRIAN DNI35231889; GOMEZ MAXIMILIANO GASTON DNI43263598; LEIVA VERA RAMON
EZEQUIEL DNI40990308; RICCIUTO MATIAS MANUEL DNI31779693; GONZALEZ FABIO ISAAC DE JESUS
DNI46144343; CORONEL MICAELA AYLEN MIRTA DNI41786201; ARAUJO CRISTIAN EMANUEL DNI40263634;
MAZZO WALTER JAVIER, DNI39189504; PEREZ EMILIANO DAMIAN DNI34233200; CORREA VERONICA
ROCIO DNI44530276; BLANCO MARIA ANGELICA DNI22787945; CARDOZO GUSTAVO ANDRES DNI31485109;
GOMEZ JUAN CARLOS ROBERTO DNI42603670; SANCHEZ LEONARDO JOSE DNI42378778; SAGUES MIGUEL
ALBERTO DNI29708765; GUARI JOAQUIN IVAN DNI42528886; SOSA CARLOS RAMON DNI33770623; BATISTA
MIGUEL ANGEL, DNI23039970; RODRIGUEZ MUNOZ GABRIEL ALEJANDRO DNI41188158; MUNOZ ESPINOZA
JORGE DANIEL, DNI41122955; OLIVERA MATIAS JAVIER DNI42176226; MACIEL ENRIQUE ALFREDO EDGARDO
DNI40122751; SILVA ELEAZAR ABSALON DNI43069525; MOREL EMILI MICAELA, DNI44279780; BRINOCCOLI
RICARDO GABRIEL DNI43070509; HIDALGO JAVIER MAXIMILIANO, DNI44987961; GOMEZ TAMARA SOLEDAD
DNI43341930; GUTIERREZ BRIAN OSCAR DNI39203949; HUENUPAY RAMON FELICIANO DNI29312843. La
totalidad de los Créditos que han sido cedidos al Cesionario constituyen préstamos personales otorgados por el
Cedente a los sujetos antes consignados, cuyo repago se efectúa a través de un régimen de deducción de haberes
para el cumplimiento de dar sumas de dinero al que las entidades acreedoras acceden mediante la solicitud de un
Código de Descuento a los organismos de contralor en el marco del Decreto PEN 14/2012. Los Créditos cedidos al
Cesionario comprenden: (i) los derechos, créditos y acciones derivados o asociados a los Créditos; (ii) los pagarés
librados sobre los Créditos; (iii) los producidos, cobranzas, rentas, frutos, accesiones, emergentes de los mismos,
así como la totalidad de los documentos que los instrumenten, excluyendo los códigos de descuento de haberes
aplicables a la cobranza de los créditos. Autorizado según instrumento privado Acta Consejo Nro. 899 de fecha
25/01/2023
Gabriela Mónica Passarello - T°: 68 F°: 606 C.P.A.C.F.
e. 23/04/2024 N° 23099/24 v. 23/04/2024