N° 24372/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi cargo, sito
en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 19.04.24 en autos “AXXE S.A. S/
QUIEBRA” (Exp. Nro. 8044/2023) se decretó la quiebra de AXXE S.A. (C.U.I.T. Nro. 30-70785463-0) con domicilio
en la calle México 628, Piso 7°, Dpto. B CABA inscripta en IGJ bajo Nro. 16322 del L° 16 S.A. con fecha 29.11.01.
Hasta el día 27.06.24 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto
con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 8044/2023 /1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento
a lo dispuesto con fecha 19.04.24 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i”). En tal inc. deberán también ingresarse
digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art. 34 LCQ y sus contestaciones según lo
autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto por el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta
identificada con CBU 0290052010000035188543 de titularidad de la síndico Cdora. María del Carmen SALOMONE
(CUIT 27-12204249-4). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no
cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno a la síndico -con domicilio en Uruguay 390, piso 8o, depto.
“B” CABA y tel. 4862-5619- mediante email a mdelc56@gmail.com. A tal fin, deberán dar estricto cumplimiento
a las pautas fijadas en el pto. II ap. “i” del decisorio de fecha 19.04.24 a lo que se remite. El síndico presentará
los informes que disponen los arts. 35 y 39 LCQ los días 23.08.24 y 08.10.24 -respectivamente-. La fecha para
dictar el auto verificatorio vence el día 06.09.24. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el día 25.09.24 a
las 11:00 hs. en la sala de audiencias del tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen al síndico los
bienes del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento
de declararlos ineficaces. Se intima a los administradores de la fallida para que dentro de 48 hs. cumplan los
requisitos a previstos por el art. 86 LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento
de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado. Buenos Aires, 25 de abril de 2024. PAULA MARIA HUALDE
Juez - FLORENCIA M. CLAUS SECRETARIA
e. 26/04/2024 N° 24372/24 v. 03/05/2024