N° 25013/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro. 1, a cargo del Dr. Ezequiel Berón de Astrada, Secretaría Nro. 2, a
cargo de la Dra. Valeria Rosito, sito en Av. de los Inmigrantes Nro. 1950, Piso 2, Oficina 242 de la ciudad de Buenos
Aires, (Teléfonos 4130-6125// 6124- Correos electrónicos: jnpenalec1@pjn.gov.ar y jnpenalec1.sec2@pjn.gov.ar)
hace saber al Sr. Diego González Caravajal, que en los autos Nros. 364/2023, caratulados: “INTERRUPCIÓN S.A. Y
OTROS S/ INF. LEY 27.430”, en fecha 26/04/2024 se resolvió: “…Toda vez que las notificaciones cursadas respecto
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.411 - Segunda Sección 63 Martes 30 de abril de 2024
de Diego González Caravajal; Leandro Marteletti; Federico Dumais y la firma “INTERRUPCIÓN S.A.”, arrojaron
resultado negativo y que no se conocen otros domicilios, procédase a notificar a los nombrados mediante la
publicación de edictos en el Boletín Oficial (confr. lo dispuesto por el art. 150 C.P.P.N.), de la resolución dictada a
su respecto con fecha 27/11/2023, mediante la cual se dispuso: “...I.- DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL
POR PRESCRIPCIÓN en la presente causa Nro. 364/2023, caratulada: “INTERRUPCIÓN S.A. S /INF. LEY 27.430”,
del registro de la Secretaría Nro. 2 de este Juzgado y respecto de la persona jurídica “INTERRUPCIÓN S.A.”
(CUIT N° 30-70799546-3) y las personas físicas: Diego González Caravajal (DNI 26.781.706); Leandro Marteletti
(DNI 29.246.961); Federico Dumais (DNI 28.169.193); Nicolás Vukojicic (DNI 27.183.553) y Nicolás Novaro Hueyo
(DNI 26.932.610), en orden al delito de evasión del pago de aportes y contribuciones al Régimen Nacional de la
Seguridad Social, correspondiente al período 07/2017 previsto en el art. 5 de la ley 27.430 y, en consecuencia,
SOBRESEER TOTALMENTE en la presente causa y respecto de los nombrados. (Arts. 59, inc. 3; 62, inc. 2; 63 y 67
del Código Penal; arts. 335 y 336, inc. 1 del C.P.P.N. y art. 5 de la ley 24.769).- II.- SIN COSTAS (Art. 530 y sgttes
del CPPN)...”.- FDO: Ezequiel Berón de Astrada; Juez. Ante mí: Valeria Rosito; Secretaria.- EZEQUIEL BERON DE
ASTRADA Juez - EZEQUIEL BERON DE ASTRADA JUEZ
e. 30/04/2024 N° 25013/24 v. 07/05/2024