N° 26462/24 Aviso del Boletín Oficial
GRUPO MGR S.R.L.
Texto del aviso
GRUPO MGR S.R.L.
30-71760752-6. Por acta de reunión de socios del 10/04/2024, se reformaron los Artículos Primero, Cuarto, Sexto, y
Decimo del Contrato Social, quedando redactados: -“ARTÍCULO 1°.- La sociedad se denomina “MGR SOCIEDAD
DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS S.R.L.”, continuadora legal de Grupo MGR S.R.L. y tiene su domicilio
social en la Ciudad de Buenos Aires”. -“ARTÍCULO 4°.- La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia,
en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: Ejercer la actividad de intermediación, promoviendo
la concertación de contratos de seguros, asesorando a asegurados y asegurables. Para el cumplimiento de su
objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos contraer obligaciones y ejercer los actos
que no sean prohibidos por las leyes y este estatuto”. -“ARTÍCULO 6°.- La administración, representación legal
y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, que
permanecerán en su cargo por un término indeterminado, debiendo al menos uno de ellos ser socio y estar
inscripto como productor de acuerdo a lo establecido en la ley 22.400 de Seguros.- Los socios podrán designar
igual o menor número de Gerentes Suplentes, quienes entrarán en ejercicio del cargo en caso de impedimento,
ausencia o fallecimiento del o los gerentes titulares. En tal carácter, y en ejercicio del cargo titular tienen todas las
facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad. Los gerentes
tienen prohibido comprometer a la sociedad en fiadora o avalista de terceros así como efectuar actos o negocios
ajenos al objeto social.- “ARTÍCULO 10°.- Los socios podrán ceder sus cuotas sociales libremente en forma total
o parcial a otros socios o a terceros, dando cumplimiento al artículo 21 de la Ley 22.400, en el sentido que cuatro
(4) de los integrantes de la sociedad como mínimo, o todos ellos en caso de ser menor, deberán estar inscriptos
como productores asesores en alguna de sus modalidades. Dicho acuerdo se transcribirá en el libro de actas
de la sociedad y se comunicará conjuntamente con el contrato de cesión a la autoridad de contralor, la cual
previa publicación en el Boletín Oficial las inscribirá sin requerir reforma estatutaria”. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 63 de fecha 30/04/2024 Reg. Nº 1786
Maria Victoria Trueba - Matrícula: 5632 C.E.C.B.A.
e. 06/05/2024 N° 26462/24 v. 06/05/2024