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N° 232/2024 Aviso del Boletín Oficial

ENECOR S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES jueves, 9 de mayo de 2024

Texto del aviso

ENECOR S.A.

CUIT 30-68828415-1. A los fines de lo dispuesto por el art. 83, inciso 3° de la Ley Nro. 19.550 y sus modificatorias,

se hace saber que, por medio de (i) la Asamblea General Ordinaria de Accionistas y Especial de Clases A y B, y

Extraordinaria de Accionistas de fecha 31 de mayo de 2018; y (ii) la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de

fecha 19 de diciembre de 2023, ambas de ENECOR S.A., con sede social en Maipú 1 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, inscripta ante el Registro Público a cargo de la IGJ bajo el Nº 11.594, Lº 117, Tº “A” de S.A., Nº Corr.

1.599.910, se resolvió (I) la reducción voluntaria del capital social WN $ 5.000.000, es decir, de $ 8.000.000 a

$ 3.000.000, cancelando 5.000.000 acciones ordinarias, escriturales de diez centavos ($ 0,10) valor nominal cada

una y con derecho a un voto por acción; y (II) reformar el artículo cuarto del estatuto social (capital social), el

cual quedo redactado de la siguiente manera: “El capital social se fija en la suma de $ 3.000.000 (tres millones),

y estará representado por (i) quince millones trescientos mil (15.300.000) acciones ordinarias, nominativas, no

endosables, de valor nominal $ 0,10 (Diez centavos) cada una y con derecho a un voto por acción, de clase “A”; y

catorce millones setecientos mil (14.700.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal

$ 0,10 (Diez centavos) cada una y con derecho a un voto por acción, de Clase “B”. En total la clase “A” reúne el 51%

(cincuenta y uno por ciento) del capital social y de los votos. En total la clase “B” reúne el 49% (cuarenta y nueve

por ciento) del capital social. Las proporciones de la clase A y B es decir 51% y 49% respectivamente deberán

mantenerse en los futuros aumentos de capital. Los accionistas de cada clase tendrán derecho de suscripción

preferente sobre las acciones de su clase, con derecho a acrecer en proporción a sus respectivas tenencias

accionarias. En el caso de que los accionistas de la misma clase no ejercieren su derecho, éste se trasladará en

los mismos términos a los restantes accionistas de su Clase y si así no se cubriera la suscripción del aumento,

el mismo derecho se trasladará a los accionistas de la restante clase. Hecho esto, si quedaran acciones sin

suscribir, la suscripción se ofrecerá a terceros. Todo con las limitaciones establecidas en el Artículo Quinto. Para el

ejercicio de los derechos arriba expuestos, regirá el plazo establecido por el artículo 194 de la Ley de Sociedades

Comerciales. El capital social de la sociedad puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta

el quíntuplo de su monto, conforme lo dispone el Artículo 188 de la Ley 19.550”. La reforma mencionada se

encontraba sujeta a la aprobación por parte del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), la cual fue

aprobada en la Resolución Sintetizada N° 232/2024 de fecha 22 de abril de 2024 de dicho organismo. Luego de la

reducción voluntaria del capital social, el mismo quedó compuesto por 3.000.000 acciones ordinarias, escriturales

de diez centavos ($ 0,10) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Se informa lo siguiente: (i)

Activo antes de la reducción: $ 7.010.331. después de la reducción: $ 15.085.198; (ii) Pasivo antes de la reducción:

$ 7.901.804 y después de la reducción $ 7.154.610; y (iii) Patrimonio neto antes de la reducción: $ (891.473) y

después de la reducción $ 7.930.588. La presente publicación se realiza a los efectos de las oposiciones de los

acreedores, conforme al art. 83, inciso 3° de la Ley 19.550 y sus modificatorias, las que se deberán cursar dentro

del plazo de 15 días contados desde la fecha de la última publicación del presente aviso, en el horario de 10:00 hs.

a 18:00 hs., de lunes a viernes, en Maipú 1, piso 14, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las cartas de oposición

deberán presentarse en doble ejemplar y con indicación de: (i) nombre del oponente; (ii) detalle de sus respectivos

créditos con indicación de su naturaleza y monto; y (iii) copia de toda documentación respaldatoria que acredite la

calidad de acreedor del oponente, incluyendo, sin limitación, toda factura que evidencie la existencia del crédito.

Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 31/05/2018

maria agustina montes - T°: 98 F°: 427 C.P.A.C.F.

e. 08/05/2024 N° 27098/24 v. 10/05/2024