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N° 27850/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6

Edictos Judiciales jueves, 9 de mayo de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6

El Juzgado Civil y Comercial Federal N° 3 Secretaría N° 6 de la Capital Federal, hace saber que en los autos

caratulados: “SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD C/ OSDE y otros s/ AMPARO” (Expte. Nro. CCF

9610/2024) se ha dictado la siguiente resolución: “Buenos Aires, 3 de mayo de 2024… RESUELVO: 1) Hacer lugar

a la medida cautelar y ordenar a las demandadas que se abstengan de efectuar aumentos de las cuotas en

todos los planes prestacionales sin excepción, y retrotraigan el monto de los valores a las cuotas vigentes al

mes de diciembre de 2023, los que deberán actualizarse de conformidad con el Índice de Precios al Consumidor

que elabora Mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (v. considerando IX). 2) Establecer que

en caso de que los afiliados hubieran abonado las facturas con los incrementos dejados sin efecto por esta

decisión, la diferencia resultante entre dicho importe y el cálculo de actualización fijado, constituye un crédito

a favor de cada uno de ellos. 3) Fijar el plazo de cinco (5) días para que cada Agente del Sistema de Salud

demandado presente un plan de acción para efectivizar la restitución dineraria que en el punto anterior se ordena,

bajo apercibimiento de tomar las medidas necesarias tendientes a lograr su cumplimiento. 4) Disponer -a cargo

de la actora- la publicación de la presente resolución por edictos en el Boletín Oficial por el plazo de dos días con

las especificaciones detalladas en el considerando XI. 5) Notificar la presente decisión al correo electrónico que

las demandadas hayan constituido ante la Superintendencia de Servicios de Salud. 6) Establecer que no resulta

necesaria ninguna presentación judicial en esta causa, de modo tal que los particulares deberán canalizar sus

reclamos y/o denuncias de incumplimiento del modo informado por la Secretaría de Industria y Comercio de la

Nación siendo este canal la vía más idónea a tales efectos (considerando XI)...Regístrese, notifíquese... FDO. JUAN

RAFAEL STINCO. JUEZ FEDERAL”. Se hace saber que las demandas en autos son: la Organización de Servicios

Directos Empresarios (OSDE), Swiss Medical S.A., Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científico, Omint S.A. de

Servicios, Galeno Argentina S.A. Medifé Asociación Civil, Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, Obra

Social de Dirección de Sanidad Luis Pasteur, Medicina Prepaga Hominis S.A., Medicina Esencial S.A., Asociación

Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales. Obra Social de la Unión del Personal Civil de la

Nación, Mutual Federada 25 de junio Sociedad de Protección Recíproca, ACA Salud Cooperativa de Prestación

de Servicios Médicos Asistenciales Ltda., Asociación Mutual Sancor, Prevención Salud S.A., Sistema Integrado

de Prestadores de Salud S.A., MET Córdoba S.A., Hospital Alemán Asociación Civil, Grupo DDM S.A., Asociación

Hospital Británico de Buenos Aires, Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas y Círculo Médico

de Lomas de Zamora. Asimismo, se pone en conocimiento que los ciudadanos afectados deberán presentar

sus denuncias y reclamos a través de los siguientes canales: comunicarse al 0800-666-1518, la línea gratuita de

Defensa al Consumidor, Enviar el reclamo al mail consultas@consumidor.gob.ar, o se pueden realizar denuncias

completando el formulario disponible en www.argentina.gob.ar/defensadeconsumidor. Buenos Aires 8 de mayo de

2024. Fdo.María Florencia Millara. Secretaria Federal JUAN RAFAEL STINCO Juez - MARIA FLORENCIA MILLARA

SECRETARIA FEDERAL

e. 09/05/2024 N° 27850/24 v. 10/05/2024