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N° 27048/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29

Edictos Judiciales jueves, 9 de mayo de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 15, Secretaría Nro. 29, informa a los clientes y ex

clientes de ALAU TECNOLOGIA S.A.U. (ALAU) que, en el Expediente Nro. 9722/2022, caratulado “ASOCIACIÓN

CIVIL POR LOS CONSUMIDORES Y EL MEDIO AMBIENTE (ACYMA) c/ ALAU TECNOLOGIA S.A.U. s/ ORDINARIO”,

en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 15, a cargo del Dr. Máximo Astorga,

Secretaría Nro. 29, a cargo de la Dra. Ana Paula Ferrara, ubicado en Avda. Callao 635, piso 3°, CABA, se ordenó

poner en conocimiento de los interesados la existencia del proceso colectivo promovido por la Asociación Civil por

los Consumidores y el Medio Ambiente - ACYMA. El universo de usuarios que la actora pretende representar está

compuesto por todos los consumidores personas físicas que han contratado un préstamo personal con ALAU

y que han abonado una suma adicional en concepto de “Comisión por Uso de Plataforma” (y/o denominación

similar) desde el 20/5/2017 hasta la sentencia que eventualmente se dictare. El objeto de la demanda persigue: (i)

la devolución de toda suma pagada -con más sus intereses- por los consumidores en concepto de “Comisión por

Uso de Plataforma” y/o cualquiera otra denominación similar (que habría sido percibida, según plantea la actora,

en forma injustificada y sin haber brindado información suficiente); (ii) el cese del cobro de la “Comisión por Uso

de Plataforma”; (iii) la imposición de una sanción ejemplificadora de daño punitivo (art. 52 bis, Ley 24.240); (iv) se

ordene a los funcionarios de ALAU que realicen cursos en materia de derechos de los usuarios y consumidores

en organismos públicos y/o privados; y (v) se disponga la publicación de la sentencia de condena que pudiere

dictarse. Se hace saber que los clientes y ex clientes de ALAU podrán hacer uso de su derecho de ser excluidos de

los efectos de la sentencia que pudiera dictarse y, eventualmente, iniciar un reclamo individual (si así lo entendieran

conveniente), a cuyo fin deberán presentar una nota simple en el domicilio de Alau Tecnología SAU (Nicaragua

4677, CABA) o en el domicilio de ACYMA (Libertad 434, Oficina 63, CABA) sin necesidad de firma letrada dentro

de los sesenta (60) días corridos siguientes a este aviso. En caso contrario, el silencio será considerado como

manifestación de voluntad de ser incluido en los efectos de la sentencia que pudiera dictarse, la cual -en caso

de hacer lugar a la demanda- hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores que se

encuentren en similares condiciones, excepto respecto de aquellos que hubieran manifestado su voluntad en el

sentido de quedar excluidos de sus alcances dentro del plazo y en la forma antes indicados. Para ser publicado

por 3 días en el Boletín Oficial de la República Argentina Buenos Aires, 06 de mayo de 2024.- MAXIMO ASTORGA

Juez - ANA PAULA FERRARA SECRETARIA

e. 08/05/2024 N° 27048/24 v. 10/05/2024