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N° 27911/24 Aviso del Boletín Oficial

GRUPO MARTING S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 10 de mayo de 2024

Texto del aviso

GRUPO MARTING S.R.L.

CUIT 30-71793355-5. Esc. 148 30/4/2024 Melina Belen PIÑEIRO cede a Alan Ezequiel PIÑEIRO $ 37500 o sea

37500 cuotas y cede a Marcelino Héctor PIÑEIRO $ 56.250 o sea 56250 cuotas todas de $ 1 c/u. Capital Social

$ 300000 dividido en 300000 cuotas sociales de $ 1 c/u. Alan Ezequiel PIÑEIRO, $ 150.000 o sea 150.000 y

Marcelino Hector PIÑEIRO $ 150.000 o sea 150.000 cuotas, todas de $ 1 c/u. Melina Belen Piñeiro renuncia a su

cargo de gerente. Reforma articulo 4° y 8°. CUARTO: La sociedad tiene por único objeto proveer a sus socios de la

estructura material y empresarial necesaria para que los mismos, en forma coordinada o individual, puedan ejercer

las incumbencias profesionales que autoriza el régimen legal de martilleros y corredores (Ley 20.266) Para el

cumplimiento de sus fines, la Sociedad podrá realizar todas las actividades vinculadas y relacionadas el corretaje

inmobiliario o la intermediación en la negociación inmobiliaria que faciliten o permitan su mejor ejercicio. Los

profesionales actuarán bajo su propia responsabilidad conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen la

materia, por lo que se excluye de la limitación de responsabilidad del tipo social, toda obligación o responsabilidad

asumida en el ejercicio de la profesión de los socios. Para ser socio se requiere poseer título habilitante y encontrarse

matriculado en el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (C.U.C.I.C.B.A.). A tales

fines, la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar cuantos

más actos sean conducentes al mejor desempeño de su objeto social en tanto no se encuentren prohibidos por

la Ley o por el presente Estatuto. OCTAVO: Las acciones son libremente transmisibles, rigiendo las disposiciones

del artículo 152 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Los socios tendrán derecho de preferencia para la

adquisición de las cuotas sociales del socio saliente, en proporción a sus respectivos aportes. A tales efectos, el

socio cedente deberá comunicar en forma fehaciente a la gerencia el nombre y domicilio del eventual adquirente

y el precio y condiciones de pago. El o los socios interesados deberán notificar la opción de compra en forma

fehaciente al socio que se propone ceder, en un plazo que no podrá exceder de quince días corridos a contar de

la comunicación recibida, debiendo instrumentarse la cesión dentro de los diez días corridos a contar de la fecha

de comunicación de la opción o en un plazo mayor si existiera acuerdo de partes. Vencido el plazo de quince días

para comunicar la opción, si la misma no se efectuara, se tendrá por acordada la conformidad y por no ejercida la

preferencia. En caso de transmisión de participación social se incorporara como reemplazo del transmitente otro

profesional con igual titulo. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 148 de fecha 30/04/2024 Reg. Nº 1950

MABEL KARINA TOUCEDA - Matrícula: 4881 C.E.C.B.A.

e. 10/05/2024 N° 27911/24 v. 10/05/2024