N° 28359/24 Aviso del Boletín Oficial
SOUTHATLANTIC MARITIME S.A.
Texto del aviso
SOUTHATLANTIC MARITIME S.A.
CUIT 30-64374868-8. Por acta del 22/1/24 se resuelve designar: Director Titular: Pablo Leandro Vila, con
domicilio especial en Perú 359 piso 9 oficina 905, Capital Federal. Por acta del 15/3/24 se resuelve: 5) Objeto:
MARITIMAS: mediante la explotación directa o indirecta de todo tipo de barcos de ultramar, de cabotaje, fluvial
o lacustre, de bandera nacional o extranjera, de carga o mixtos en cualquiera de las formas permitidas por ley,
sea como armadores, agentes marítimos, agentes de buques, agentes en general, administradores de buques,
representantes o agentes de compañías o líneas de navegación o transporte fluvial, maritimo, aéreo o terrestre,
nacionales o extranjeros, contratistas de carga y descarga, estribajes, fleteros, barraqueros, depositarios,
proveedores navales, locación y fletamento de buques en cualquiera de sus formas, fletar o arrendar buques a
otras firmas, toda otra actividad vinculada directa o indirectamente con el tráfico maritimo, fluvial o lacustre, o
con las industrias relacionadas, inclusive la de astilleros, sin limitación, construcción, adquisición, transferencia,
arrendamiento, y toda otra forma de explotación directa o indirecta de obras de puerto diques, muelles, grúas,
medios de transporte de toda clase, construcciones o instalaciones vinculadas en forma directa o indirecta al
tráfico o actividad portuaria relativa al comercio maritimo, fluvial o lacustre. AERONAVEGACION: mediante la
explotación directa o indirecta de todo tipo de aeronaves, ya sea de cabotaje o internacional, de bandera nacional
o extranjera, de carga o mixtos e cualquiera de las formas permitidas por la ley, sea como agentes en general,
administradores aerocomerciales, representantes o agentes líneas aéreas nacionales o extranjeras, contratistas
de carga y descarga, fleteros, barraqueros, depositarios, proveedores aerocomerciales, locación y fletamiento de
aeronaves en cualquiera de sus formas, fletar o arrendar aeronaves a otras firmas, toda otra actividad vinculada
directa o indirectamente con el tráfico aéreo o con las industrias relacionadas, inclusive construcción, adquisición,
transferencia, arrendamiento y cualquier forma de explotación directa o indirecta de obras de aeropuerto, grúas,
medios de transporte de toda clase, construcciones e instalaciones vinculadas en forma directa o indirecta
al trafico o actividad aeroportuaria relativa a servicios aerocomerciales. MANDATOS; mediante el ejercicio de
representaciones y mandatos, comisiones, estudio, proyectos, dictámenes, asesoramientos e investigaciones,
todo tipo de intermediación y producción, organización y atención técnica, informes, estudio de mercado
y desarrollo de programas de promoción acordes con el objeto social, realizados por profesionales con título
habilitante si correspondiera. SERVICIOS: (EXPORTACION E IMPORTACION): como comisionista de venta en
el extranjero y en el país y/o como consignataria, organizar canales de distribución y/o oficinas de ventas o
representaciones por cuneta de industriales, comerciantes o productores argentinos o del exterior, ser mandataria
ejecutante de toda clase de tareas y operaciones inherentes al comercio exterior, transmitir ofertas y pedidos, elegir
expedido y asegurador, designar agentes y contactar importadores o mayoristas, realizar estudio de mercado,
estudio de productos, relevamiento de datos e informaciones sobre precios, gastos, calidades, posibilidades
de comercialización y competencia de productos similares de otras procedencias, ofrecer asistencia técnica y
asesoramiento integral para todo lo concerniente a la exportación, normas del comercio internacional, campañas
publicitarias y promociones de marcas y productos nacionales y/o extranjeros, con exclusión de todo asesoramiento
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.419 - Segunda Sección 10 Lunes 13 de mayo de 2024
para el que la ley exija titulo habilitante. TURISMO: el desarrollo, organización y conducción de empresas de
viajes y turismo, la prestación de servicios de planificación, diagramación, organización, evaluación, coordinación,
dirección, ejecución y desarrollo de congresos, ferias, exposiciones, convenciones, jornadas, cursos, reuniones y
eventos especiales; la intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte, en el
país o en el extranjero; la intermediación en la contratación de servicios hoteleros, en el país o en el extranjero; la
organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, crucero o similares, con o sin exclusión de
todos los servicios propios de los llamados viajes a “forfait” en el país o en el extranjero; la recepción y asistencia
de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la prestación a los mismos de los servicios de guías
turísticas y el despacho de sus equipajes; la representación de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras,
a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios; Turismo para personas con discapacidad, turismo
bajo cualquier modalidad, ferias, exposiciones, convenciones, jornadas, cursos, reuniones y eventos especiales;
en el país o en el extranjero; transporte de personas, transporte de personas con discapacidad, equipajes, carga
y correo bajo cualquier modalidad, por sí o por terceros y la realización de actividades similares o conexas a las
mencionadas en beneficio del turismo bajo cualquier modalidad y asistencia a turistas. Se excluye la prestación
del servicio público de transporte de pasajeros. Asimismo, la realización de actividades similares o conexas a las
mencionadas, en beneficio del turismo. Se reforma artículo 3. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 80
de fecha 07/05/2024 Reg. Nº 625
Maximiliano Stegmann - T°: 68 F°: 594 C.P.A.C.F.
e. 13/05/2024 N° 28359/24 v. 13/05/2024