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N° 7381/2022 Aviso del Boletín Oficial

ESPERANZA DEL PUEBLO

Partidos Políticos viernes, 17 de mayo de 2024

Texto del aviso

ESPERANZA DEL PUEBLO

El Juzgado Federal con Competencia Electoral en el Distrito Santiago del Estero, a cargo del Dr. Guillermo

Daniel Molinari, hace saber que en los autos caratulados: “ESPERANZA DEL PUEBLO s/RECONOCIMIENTO

DE PARTIDO DE DISTRITO, Expte. N° 7381/2022” que se tramita ante sus estrados, se ha dictado resolución

otorgando la personalidad jurídico política provisoria en éste distrito electoral a la agrupación política “ESPERANZA

DEL PUEBLO”, transcribiéndose la parte resolutiva de la misma como así también el texto de la Carta Orgánica

Partidaria: “Santiago del Estero, 30 de abril de 2024.- AUTOS Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1)-

Otorgar Personalidad Jurídico Política Provisoria en este Distrito Electoral al partido en formación “ESPERANZA

DEL PUEBLO”: haciéndose saber que, de conformidad a la normativa vigente, serán considerados “en formación”

y no pueden presentar candidatos a cargos públicos electivos en Elecciones Primarias ni Elecciones Nacionales,

ni tienen derecho a percibir aportes públicos ordinarios y extraordinarios, hasta tanto obtengan en este Distrito

Electoral la Personalidad Jurídica Política Definitiva.

2)- Tener por Apoderados de la mencionada agrupación política “en formación” a los Sres. Matías Mauricio Burgos,

Jimena Anahí Yanucci y Jorge Adolfo Apud, por constituido domicilio electrónico y con domicilio Partidario y Legal

en Monteagudo N° 644 Barrio 8 de abril ciudad de Santiago del Estero, Departamento Capital.

3)- Intimar para que en el plazo de 150 días presenten la afiliación de un número de electores no inferior al cuatro

por mil del total de los inscriptos en el Registro de Electores de este Distrito (Art. 7 bis inc. a Ley 23.298 modif. por

la Ley 26.571).

4)- Intimar para que en el plazo de 180 días procedan a realizar elecciones internas para constituir las autoridades

definitivas del partido (Art.7 bis inc. b Ley 23.298 modif. por la Ley 26.571).

5)- Intimar para que en el término de 60 días den cumplimiento a la presentación de los libros partidarios, conforme

a lo normado por el Art. 37 de la Ley 23.298 y Art. 21 por la Ley 26.215 a los fines de su rúbrica (Art. 7 bis inc. c Ley

23.298 modif. por la Ley 26.571).

6) Ordénese la publicación por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación del auto respectivo, del domicilio

partidario y de la Carta Orgánica obrante a fs. 33/36 de la citada agrupación política (Dcto. PEN N° 937 /2010, art.

14), que por la presente se homologa.

7) Comuníquese a la Excma. Cámara Nacional Electoral, regístrese y hágase saber.-“ – Fdo. Dr. Guillermo D.

Molinari – Juez Federal

SECRETARIA, mayo de 2024.-

WALTER D. MICOL Prosecretario Electoral

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Partido Político se publican en la edición web del BORA -www.

boletinoficial.gob.ar-.

e. 17/05/2024 N° 30048/24 v. 17/05/2024