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N° 30867/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15

Edictos Judiciales jueves, 23 de mayo de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15

Buenos Aires, 20 de mayo de 2024. El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 8, a cargo del Dr. Gustavo

D. Meirovich, Secretaría Nº15, a cargo de la Dra. Verónica G. L. García, (Tel 4130-6291) en el marco de la causa

192/2023, caratulada: “ZARACHO, ESTEBAN ANTONIO Y OTRO S/ INF LEY 22.415” se dispuso CITAR A PRESTAR

DECLARACIÓN INDAGATORIA, en los términos del art. 294 del CPPN, a ESTEBAN ANTONIO ZARACHO (DNI

N° 32.608.039), en la audiencia que se fija para el día 4/7/2024, a las 10:30 hs., con relación hecho consistente

en la tentativa de contrabando de exportación de sustancia estupefaciente agravado por estar inequívocamente

destinado a su comercialización, delito previsto y reprimido por los arts. 863, 866 segundo párrafo y 871 de la

ley 22.415. Asimismo, se informa que dentro del tercer día de notificado, podrá designar abogado defensor de su

confianza y, que en caso de silencio, se le designará el defensor oficial que por turno corresponda. Corresponderá

su notificación y publicación mediante edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la República Argentina,

bajo apercibimiento de ordenar su rebeldía y captura en caso de incomparecencia injustificada (art. 150 del

C.P.P.N.).Para mayor recaudo, se transcribe el proveído que así lo ordena. “Buenos Aires, 3 de mayo de 2024… 2º)

De acuerdo a lo solicitado por el Sr. Fiscal y encontrándose reunidos el estado de sospecha requerido por el art.

294 del C.P.P.N., CÍTESE a Esteban Antonio ZARACHO (DNI N° 32.608.039), a prestar declaración indagatoria, en

la audiencia que se fija para el día 4/7/2024, a las 10:30 hs., en orden a su intervención, en calidad de autor, en el

hecho consistente en la tentativa de contrabando de exportación de sustancia estupefaciente agravado por estar

inequívocamente destinado a su comercialización, delito previsto y reprimido por los arts. 863, 866 segundo párrafo

y 871 de la ley 22.415. Asimismo, se deberá hacer saber que dentro del tercer día de notificado, podrá designar

abogado defensor de su confianza y, que en caso de silencio, se le designará el defensor oficial que por turno

corresponda. Teniendo en cuenta que las diversas medidas realizadas por el Ministerio Público Fiscal vinculadas

al paradero y domicilio actual de ZARACHO resultaron negativas, es decir que no se cuenta con un domicilio

cierto en el cual proceder a la notificación fehaciente de la citación aquí dispuesta, corresponderá su notificación

mediante edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial de la República Argentina (art. 150 del

C.P.P.N.) bajo apercibimiento de ordenar su rebeldía y captura en caso de incomparecencia injustificada…”. FDO.

GUSTAVO D. MEIROVICH – JUEZ NACIONAL.- ANTE MÍ: VERÓNICA G. L. GARCÍA – SECRETARIA DE JUZGADO.-

Gustavo D. Meirovich Juez - Gustavo D. Meirovich Juez

e. 21/05/2024 N° 30867/24 v. 27/05/2024