N° 67/24 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ-ENTRE RIOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ-ENTRE RIOS
EDICTO: por disposición del Sr. Roberto M. López Arango, se ha ordenado publicar la parte pertinente de la
resolución obrante en la causa FPA 91001777 /2008/TO1 caratulada “FACCINI MACHADO, RICHARD MARCELO
S /INFRACCION LEY 23.737” que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines
de la notificación del SOBRESEIMIENTO a Richard Marcelo FACCINI MACHADO, de nacionalidad Uruguayo, sin
sobrenombre ni apodo, C.I.U 3.106.940-7, nacido el 28/05/1973, en la ciudad de Paysandú, República Oriental del
Uruguay, casado, con estudios primarios completos, de ocupación soldador, con ultimo domicilio denunciado
en Barrio Nuevo Paysandú, Proyectada 100, casa 802, entre 33 y 34 (Avenida de las Américas) de la ciudad de
nacimiento por la supuesta comisión del delito previsto por el art. 5 inc. C de la ley de estupefacientes en concurso
ideal con el art. 836 y 866 del Código Aduanero, esto es transporte de estupefacientes y contrabando agravado por
tratarse de estupefacientes para comercializar en calidad de autor d e acuerdo al siguiente texto que se transcribe:
“RESOLUCIÓN N° 67/24 Paraná, 08 de mayo de 2024.- VISTO:…Y CONSIDERANDO:…. Por los fundamentos
brevemente expuestos, el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE PARANÁ, en composición unipersonal
RESUELVE: 1 º) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓIN PENAL por prescripción (arts. 59 inc. 3° y 62 inc. 2 del C.P.)
y, en consecuencia, SOBRESEER (arts. 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N) a Paysandú, República Oriental del Uruguay,
casado, con estudios primarios completos, de ocupación soldador, con ultimo domicilio denunciado en Barrio
Nuevo Paysandú, Proyectada 100, casa 802, entre 33 y 34 (Avenida de las Américas) de la ciudad de nacimiento
por el delito previsto por el art. 5 inc. C de la ley de estupefacientes en concurso ideal con el art. 836 y 866 del
Código Aduanero, esto es transporte de estupefacientes y contrabando agravado por tratarse de estupefacientes
para comercializar en calidad de autor REGISTRESE, publíquese, notifíquese, líbrense los despachos del caso, y,
en estado, archívese.
” Fdo. Roberto M. López Arango– Presidente- Ante mí: Valeria Iriso– Secretaria de Cámara“ Roberto M. López
Arango Juez - Valeria Iriso Secretaria de Cámara
e. 23/05/2024 N° 31681/24 v. 29/05/2024