N° 32431/24 Aviso del Boletín Oficial
WOLF VISION S.R.L.
Texto del aviso
WOLF VISION S.R.L.
Por Escritura Nº 131 del 23/05/2024, se constituye: Daiana Nahir NICOLETTI, 19/09/1993, DNI 37.843.583 y Juan
Carlos PUCCINI, 13/01/1984, DNI 30.585.825. Ambos argentinos, casados, empresarios y domicilio El Deslinde
1107, lote 222, Canning, Esteban Echeverría, Prov. Bs. As. GERENTE: Daiana Nahir NICOLETTI denuncia domicilio
especial en la SEDE SOCIAL: Av. Rivadavia 11.063, CABA 1) WOLF VISION S.R.L. 2) 99 Años. 3) A) Explotación de
call center para comercialización de planes de salud, productos y servicios relacionados con la salud humana, a
través de llamadas salientes y entrantes a posibles afiliados. Comercialización en la vía pública en la búsqueda de
potenciales clientes. Realización de las gestiones para la afiliación, adhesión y la comercialización de potenciales
clientes, a diferentes obras sociales, gerenciadores de salud y empresas de medicina prepagas. Explotación de
oficinas comerciales relacionados con la salud humana, atención de afiliados de obras sociales, gerenciadores de
salud y empresas de medicina prepagas. B) Explotación de Centros de Salud, ya sea en establecimientos propios
o contratados, tanto en consultorios externos como en internación, servicio integral de salud y prestaciones
anexas, preventivas, terapéuticas, de rehabilitación y de transporte de pacientes para prácticas ambulatorias
así como la explotación de la E-medicina, medicina vía web y vía aplicaciones móviles, tele-medicina, tele-
diagnosis, teleconferencias y videoconferencias médicas, telemetría, telenutrición, telepsicología, transferencia
de datos médicos, imágenes médicas, prescripciones y recetas médicas, y todo elemento o dato esencial para
la conformación de la historia clínica de pacientes; consultas médicas a distancia vía web, con o sin prescripción
médica; realización de segundas opiniones médicas en línea y/o vía web a médicos particulares, instituciones,
universidades, fundaciones, sedes científicas o académicas relacionadas a la medicina y prestación de servicio
de archivo digital de exámenes médicos, y de monitorización y seguimiento médico de pacientes, bajo las vías
mencionadas ut-supra. C) Hotelería y turismo: La explotación de hoteles, cabañas y establecimientos destinados
al alojamiento en general de personas, en las formas que las leyes vigentes o futuras establezcan, así como sus
actividades conexas o relacionadas, pudiendo inclusive realizar la adquisición y/o alquiler de bienes muebles e
inmuebles destinados a la explotación de hoteles, hostel, cabañas, hospedajes, propiedad vacacional, tiempos
compartidos, suites y/o similares. La empresa podrá prestar servicios por sí y/o asociada con y/o mediante
terceros servicios de agencia y/o con fines turísticos y/o recreativos, servicio de hotelería, hospedaje, explotación
de cabañas, bungalow, aparts, salones de usos múltiples, gastronomía, turismo aventura, y/o de transporte
turísticos, la organización de excursiones y la prestación de todo servicio vinculado con viajes, excursiones y
turismo, individuales y/o grupales, nacionales o internacionales; y cualquier otra actividad relacionada con la
comercialización tanto dentro como fuera del establecimiento hotelero de productos relacionados con dicha
actividad. D) La explotación y administración de todo tipo de negocios gastronómicos, tales como restaurantes,
bares, confiterías y/o realización de recepciones, servicios de catering, concesiones gastronómicas, comedores,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.429 - Segunda Sección 33 Lunes 27 de mayo de 2024
casas de comidas, con expendio de bebidas alcohólicas, en locales propios, alquilados y/o concesionados.
Elaboración, producción, transformación compra, importación, exportación, fraccionamiento y/o comercialización
de productos y subproductos alimenticios de todo tipo y bebidas, expendio de todo tipo de bebidas. Toda
actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a personal médico, paramédico y/o auxiliar, y todas
las actividades que lo requieran serán ejercidas por profesionales o técnicos con título o matrícula habilitante.
4) Capital $ 1.500.000, 1.500.000 cuotas de $ 1 y 1 voto cada una. 100% suscripto: Daiana Nahir NICOLETTI y
Juan Carlos PUCCINI: 750.000 cuotas cada uno. Integran 25%. 5) Fiscalización por los socios. 6) Cierre 30/04.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 131 de fecha 23/05/2024 Reg. Nº 1111
MILTON NATAN GERCHKOVICH - T°: 348 F°: 201 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 27/05/2024 N° 32431/24 v. 27/05/2024