W20 Argentina W20Argentina

N° 33072/24 Aviso del Boletín Oficial

CLINICA BASILEA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 28 de mayo de 2024

Texto del aviso

CLINICA BASILEA S.A.

CUIT 30-58784235-8. Nº correlativo I.G.J. 484669. Por asamblea extraordinaria del 22/01/24 se reformó el estatuto

así: 1) Se amplió el objeto modificando el art. 3° por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por

OBJETO realizar, en el país o en el extranjero, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes

actividades: A) Médicas: 1°) La atención geriátrica de personas de ambos sexos con internación permanente y/o

temporaria, asegurando los servicios médicos, sicológicos y demás necesarios a tal especialidad. 2°) Toda otra

actividad médica en general, de pronóstico, diagnóstico y tratamiento, incluyendo atención quirúrgica y siquiátrica

con internación o sin ella. B) Inmobiliaria: Realización de negocios inmobiliarios, la que llevará a cabo efectuando las

siguientes actividades: compra y venta de inmuebles en general, ya sean urbanos o rurales, renta, fraccionamiento

de tierras, loteos, mejoras, urbanizaciones, administraciones, permutas, hipotecas, arrendamientos, locaciones,

subdivisiones, usufructos, superficie, fideicomisos, todo ello en cualquiera de sus roles, la ejecución de desarrollos

inmobiliarios de cualquier índole, mediante las figuras admitidas por la legislación argentina, incluso el fideicomiso,

el leasing, el aporte de capital a sociedades por constituir o constituidas, y todas otras modalidades existentes y

que pudieran crearse, y la construcción y/o refacción de obras públicas o privadas de todo tipo, inclusive por el

régimen de la Propiedad Horizontal, todo lo cual también podrá efectuar sobre bienes muebles, semovientes y

cualquier otro tipo de bienes registrables. C) Financieras: Mediante inversiones y aportes de capitales a particulares,

empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios presentes o futuros, compraventa de títulos,

acciones u otros valores mobiliarios nacionales o extranjeros, constitución o transformación de hipotecas y otros

derechos reales, otorgamiento de créditos en general, sean o no garantizados, y toda clase de operaciones

financieras y de inversiones permitidas por las leyes, incluyendo el otorgamiento de avales, fianzas y cualquier otro

tipo de garantías, sean personales, reales o mixtas, de obligaciones propias o de terceros, con excepción de las

contempladas en la ley 21.526 y toda otra que requiera el concurso público. Aquellas actividades que requieran el

concurso de profesionales con título habilitante, solo se efectuarán con la intervención de éstos. A tales fines la

Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, incluso emitir obligaciones

negociables, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.” 2) Se modificaron los

arts. 8° y 10° referidos a la dirección y administración de la sociedad, y el art. 15° previendo las asambleas a

distancia. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 34 de fecha 21/05/2024 Reg. Nº 2122

Horacio Alfredo Pinasco - Matrícula: 4642 C.E.C.B.A.

e. 28/05/2024 N° 33072/24 v. 28/05/2024