N° 33285/24 Aviso del Boletín Oficial
ACONCAGUA FINANCE S.R.L.
Texto del aviso
ACONCAGUA FINANCE S.R.L.
1) 23/05/2024. 2) Santiago LACASIA, argentino, casado, nacido el 17/11/1980, DNI 28.505.308, CUIT 20-28505308-
1, Licenciado en Admin. de Empresas, domicilio: Dean Funes 3701, Lote 111, Benavidez, Pcia. Bs As; y Manuel RICO
MOLINA, argentino, casado, nacido el 18/04/1980, DNI 28.078.480, CUIT 20-28078480-0, Ingeniero informático,
domicilio: Dean Funes 3701, Lote 120, Benavidez, Pcia. Bs As. 3) ACONCAGUA FINANCE S.R.L. 4) Sede Social:
Paraná 1225 piso 8 departamento C CABA. 5) 99 años a partir de su inscripción en R.P.C. 6) OBJETO: 1. Realizar
todas las actividades y operaciones permitidas a los Agentes Registrados ante la Comisión Nacional de Valores,
conforme a lo dispuesto en la Ley 25.246 y las Normas Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013) y las que en
el futuro las modifiquen o reemplacen. En este marco, la Sociedad podrá solicitar su inscripción a la Comisión
Nacional de Valores en la categoría de Proveedor de Servicios de Activos Virtuales en el registro creado al efecto o
en cualquier otra categoría o subcategoría que se habilite en el futuro siempre que no sean incompatibles entre sí.
A tal fin, se entiende a un Proveedor de Activos Virtuales a aquel que realiza una o más de las siguientes actividades
u operaciones para o en nombre de otra persona humana o jurídica: (i) Intercambio entre activos virtuales y
monedas de curso legal (monedas fiduciarias) ; (ii) Intercambio entre una (1) o más formas de activos virtuales; (iii)
Transferencia de activos virtuales; (iv) Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan
el control sobre los mismos; y (v) Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de
un emisor y/o venta de un activo virtual. Para las categorías en las que se encuentre registrada la Sociedad, se
encontrará facultada a realizar, en cualquier mercado autorizado, todo tipo de operaciones sobre activos virtuales
permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a las categorías de Agente Registrados. En el
desarrollo de las actividades, en las categorías que en las que se inscriba, la Sociedad se encuentra facultada
para realizar todas aquellas actividades conforme las reglamentaciones aplicables y en general, cualquier otra
actividad autorizada por la normativa vigente requerida en el desarrollo de todas aquellas transacciones con
activos virtuales. 2. Intervenir en mercados autorizados o fuera de ellos, en negocios e inversiones financieras en
general. 3. Realizar la gestión de cobranzas y pagos por cuenta y orden de terceros solamente; la compra, venta
e intermediación de servicios y bienes digitales; y procesamiento e intercambio electrónico de datos. 4. Ejecución
de remesas y transferencia de fondos: a) recibir o remitir por cuenta propia o de terceros remesas de dinero; b)
Actuar como red de pagos y/o cobranzas o entidad compensadora de créditos de terceros sean éstos entidades
públicas o privadas; c) Prestar de servicios de transferencia electrónica de bienes e información o cualquier otro
tipo de procesamiento de información y transferencia de fondos y datos. 7) Pesos 1.000.000. 100.000 cuotas de
$ 10 pesos, valor nominal cada una. Suscripción: Santiago LACASIA: 70.000 cuotas ($ 700.000); Manuel RICO
MOLINA: 30.000 cuotas ($ 300.000). 8) Gerencia: integrada por uno a cinco miembros, socios o no, por todo el
término de duración de la sociedad. 9) el 31 de diciembre de cada año. 10) Gerentes: Santiago LACASIA y Manuel
RICO MOLINA quienes aceptan el cargo y constituyen domicilio especial en Paraná 1225 piso 8 departamento C,
CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 91 de fecha 23/05/2024 Reg. Nº 773
Ezequiel Antonio Galarce - Matrícula: 5443 C.E.C.B.A.
e. 29/05/2024 N° 33285/24 v. 29/05/2024