N° 480/2020 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL NRO. 7 - SECRETARÍA NRO. 13
El Juzgado Nacional de Primera Instancia Contencioso Administrativo Federal Nro. 7, Secretaría Nro 13, sito en
calle Carlos Pellegrini 685 Piso 4°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. LARA CORREA Walter,
Juez Federal, en autos UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA POPULAR c/ EN M CAPITAL HUMANO
RESOL 13/24 s/AMPARO LEY 16.986 EXPTE. N° CAF 935/2024 hace saber lo dispuesto en la resolución de fecha
24 de mayo de 2024, en la que se ordenó “la publicación de Edictos por dos (2) días en el Boletín Oficial, en la tablilla
del Juzgado y en el diario “Popular”; a fin de comunicar a toda persona —así como también a las asociaciones y/o
organizaciones— que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, la existencia de esta acción de amparo
colectiva y la facultad de comparecer o excluirse del mismo. Facultad que podrá ejercerse dentro del plazo de
cinco (5) días hábiles judiciales computados a partir de la última publicación”
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.435 - Segunda Sección 68 Martes 4 de junio de 2024
En la causa de autos se ha determinado: 1º) Composición del colectivo: aquellas personas –entre los cuales
se encuentran los grupos calificados por las y los convencionales constituyentes de la reforma del año 1994
como eternamente desventajados las niñas, niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y discapacitados, en
los términos del artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional– que asisten a los comedores y merenderos
comunitarios registrados, validados y matriculados (arg. arts. 1°, 5, 6 y 8 del Anexo del “Marco Regulatorio y
Procedimiento Administrativo de Inscripción” de la Resolución ex MDS N° 480/2020 —y su modificatoria Res. ex
MDS N° 1653/2022—); 2º) Objeto de la pretensión: restablecer la entrega de alimentos e insumos de forma inmediata
para el sostenimiento de los comedores y merenderos comunitarios registrados, validados y matriculados en el
Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (arg. arts. 1°, 5, 6 y 8 del Anexo del “Marco Regulatorio
y Procedimiento Administrativo de Inscripción” de la Resolución ex MDS N° 480/2020 —y su modificatoria Res. ex
MDS N° 1653/2022—); 3°) Sujeto demandado: Estado Nacional – Ministerio de Capital Humano.
Ciudad de Buenos Aires, 31 de mayo de 2024
Walter Lara Correa Juez - Ignacio Di Cesare Secretario Federal
e. 04/06/2024 N° 34903/24 v. 05/06/2024