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N° 480/2020 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Edictos Judiciales miércoles, 5 de junio de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL NRO. 7 - SECRETARÍA NRO. 13

El Juzgado Nacional de Primera Instancia Contencioso Administrativo Federal Nro. 7, Secretaría Nro 13, sito en

calle Carlos Pellegrini 685 Piso 4°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. LARA CORREA Walter,

Juez Federal, en autos UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA ECONOMÍA POPULAR c/ EN M CAPITAL HUMANO

RESOL 13/24 s/AMPARO LEY 16.986 EXPTE. N° CAF 935/2024 hace saber lo dispuesto en la resolución de fecha

24 de mayo de 2024, en la que se ordenó “la publicación de Edictos por dos (2) días en el Boletín Oficial, en la tablilla

del Juzgado y en el diario “Popular”; a fin de comunicar a toda persona —así como también a las asociaciones y/o

organizaciones— que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, la existencia de esta acción de amparo

colectiva y la facultad de comparecer o excluirse del mismo. Facultad que podrá ejercerse dentro del plazo de

cinco (5) días hábiles judiciales computados a partir de la última publicación”

En la causa de autos se ha determinado: 1º) Composición del colectivo: aquellas personas –entre los cuales

se encuentran los grupos calificados por las y los convencionales constituyentes de la reforma del año 1994

como eternamente desventajados las niñas, niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y discapacitados, en

los términos del artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional– que asisten a los comedores y merenderos

comunitarios registrados, validados y matriculados (arg. arts. 1°, 5, 6 y 8 del Anexo del “Marco Regulatorio y

Procedimiento Administrativo de Inscripción” de la Resolución ex MDS N° 480/2020 —y su modificatoria Res. ex

MDS N° 1653/2022—); 2º) Objeto de la pretensión: restablecer la entrega de alimentos e insumos de forma inmediata

para el sostenimiento de los comedores y merenderos comunitarios registrados, validados y matriculados en el

Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (arg. arts. 1°, 5, 6 y 8 del Anexo del “Marco Regulatorio

y Procedimiento Administrativo de Inscripción” de la Resolución ex MDS N° 480/2020 —y su modificatoria Res. ex

MDS N° 1653/2022—); 3°) Sujeto demandado: Estado Nacional – Ministerio de Capital Humano.

Ciudad de Buenos Aires, 31 de mayo de 2024

Walter Lara Correa Juez - Ignacio Di Cesare Secretario Federal

e. 04/06/2024 N° 34903/24 v. 05/06/2024