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N° 37020/24 Aviso del Boletín Oficial

TEYMA ABENGOA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 11 de junio de 2024

Texto del aviso

TEYMA ABENGOA S.A.

CUIT: 30516246975. Se hace saber que por: Asamblea General Extraordinaria de fecha 26/12/23 se resolvió (i)

aprobar la capitalización del saldo de la cuenta Ajuste de Capital por un monto de $ 1.908.664.712, aumentando el

capital por lo que el capital social de la Sociedad pasará de la suma de 58.162.966 a la suma de $ 1.966.807.678

emitiéndose en consecuencia 1.908.644.712 nuevas acciones ordinarias nominativas no endosables de valor

nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción, (ii) aumentar el capital social en la suma de $ 362.346.279,

por lo que el capital social de la sociedad pasará de la suma de $ 1.966.807.678 a la suma de $ 2.329.153.957

emitiéndose 362.346.279 nuevas acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 por acción

y con derecho a un voto por acción. Consecuentemente, la participación de los accionistas en el capital social

será la siguiente: a) 362.346.279 acciones de Abengoa Solar Chile O&M S.p.A.,; b) 1.966.807.678 acciones de

CA Infraestructuras T&I S.L. (iv) reformar el artículo cuatro del estatuto social el cual quedará redactado de la

siguiente manera: “ ARTICULO CUARTO. Capital Social. Monto: El capital social es de $ 2.329.153.957 (pesos

dos mil trescientos veintinueve millones ciento cincuenta y tres mil novecientos cincuenta y siete) representados

por 2.329.153.957 acciones ordinarias nominativas no endosables valor nominal un peso cada una y con derecho

a un voto por acción. Por resolución de la asamblea ordinaria el capital social puede elevarse hasta el quíntuplo

de su monto o sin limitación del mismo cuando la sociedad se encuentre autorizada para realizar oferta pública

de sus acciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 188 de la Ley General de Sociedades. La asamblea

que resuelve el aumento del capital social puede determinar que el mismo sea elevado a escritura pública, en

cuya oportunidad se deberá pagar el impuesto en caso de que correspondiera. Dicha asamblea debe fijar las

características y destinos de la emisión, pudiendo delegar en el directorio la facultad de determinar la época de la

emisión, forma y condiciones de pago.”. Autorizado según instrumento privado Acta de asamblea extraordinaria

de fecha 26/12/2023

Ana Llorente - T°: 72 F°: 219 C.P.A.C.F.

e. 11/06/2024 N° 37020/24 v. 11/06/2024