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N° 38320/24 Aviso del Boletín Oficial

SILVERLOOM S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 14 de junio de 2024

Texto del aviso

SILVERLOOM S.A.U.

CUIT 30-71669698-3 Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria del 17/04/2024 por unanimidad se

RESOLVIO i) aumentar el capital social de la Cía. de $ 100.000 a $ 787.940 y de $ 787.940 a $ 50.000.000, mediante

la emisión de 68.794 y de 4.921.206, respectivamente, acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor

nominal $ 10 cada una y con derecho a un voto por acción. ii) se deja constancia que las acciones resultantes del

aumento de capital – de la cuenta de ajuste y de aportes en especie- son totalmente suscriptas e integradas por

el único accionista, Skyloom Global Corporation. iii) Reformar Art 4° del estatuto social “El Capital Social es de

$ 50.000.000 (Pesos cincuenta millones) representados por cinco millones de acciones ordinarias, nominativas, no

endosables, de $ 10 (diez pesos) de valor nominal cada una, y con derecho a un voto por acción. El capital puede

aumentarse hasta un quíntuplo por decisión de la Asamblea Ordinaria de Accionistas en los términos del artículo

188 de la Ley 19.550 y sus modificatorias”. iv) Reformar Art. 15 del estatuto social: “El ejercicio social cierra el 31

de Diciembre de cada año. Al cierre del ejercicio social, se confeccionarán los estados contables conforme a las

disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia. Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a)

el 5% (cinco por ciento) hasta alcanzar el 20% (veinte por ciento) del capital social, para el fondo de reserva legal;

b) a remuneración del Directorio y sindicatura, en su caso; c) a dividendo de las acciones preferidas, con prioridad

los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a

dividendo de las acciones ordinarias, o a fondo de reserva facultativa o de previsión o a cuenta nueva o al destino

que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones,

dentro del ejercicio en que fueron aprobados”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General

Extraordinaria de fecha 17/04/2024

Maria Sofia Viviani - T°: 111 F°: 294 C.P.A.C.F.

e. 14/06/2024 N° 38320/24 v. 14/06/2024