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N° 2836/71 Aviso del Boletín Oficial

ENZYME VENTURE CAPITAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 19 de junio de 2024

Texto del aviso

ENZYME VENTURE CAPITAL S.A.

CUIT: 30-71136730-2. 1. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 18/12/2023 se resolvió por unanimidad:

i) Aumentar el capital social de la suma de $ 43.372.804 a la suma de $ 119.698.304, mediante la emisión de

76.325.500 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una, con derecho a 1 (un)

voto por acción. Se deja constancia que el Sr. Nofal ha capitalizado créditos por la suma de $ 74.153.950 y la

Sra. Guerón por la suma de $ 2.171.550. Como consecuencia del aumento de capital, las tenencias accionarias

quedaron de la siguiente forma: Daniel Alejandro Nofal: titular de 116.267.351 acciones, representativas del 97,13%

y Lucila Guerón: titular de 3.430.953 acciones, representativas del 2,87%. Todas ellas ordinarias, nominativas, no

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.445 - Segunda Sección 7 Miércoles 19 de junio de 2024

endosables de $ 1 de valor nominal cada una y con derecho a 1 voto por acción. ii) Reformar el artículo CUARTO

del estatuto social. 2. Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 06/06/2024 se resolvió por

unanimidad: i) reformar el artículo TERCERO del estatuto social en relación al objeto social, el cual ha quedado

redactado de la siguiente forma: “OBJETO. ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse

por cuenta propia o de terceros, o asociada o en colaboración con terceros – para lo cual podrá hacer uso

de cualquier figura jurídica -, y tanto en el país como en el extranjero, a las siguientes actividades: A) Servicios

de consultoría y asesoramiento de empresas nacionales y extranjeras, instituciones y organismos públicos

en materia de administración, estrategia, finanzas, y evaluación de proyectos de conformidad con las normas

legales y reglamentarias. El asesoramiento integral y registro de toda clase de operaciones de compraventa,

ya sea de inmuebles o de toda clase de bienes registrables, en el orden nacional, provincial, municipal o en el

extranjero y la aceptación, desempeño y otorgamiento de representaciones, concesiones, comisiones, agencias

y mandatos en general. Se excluyen expresamente todas aquellas actividades que en virtud de la materia hayan

sido reservadas a profesionales con título habilitante, conforme a la Ley N° 20.488. B) 1. Adquirir, mantener y

administrar participaciones e inversiones en sociedades constituidas tanto en el país como en el extranjero, a

cuyo fin podrá afectar la totalidad de su patrimonio, incluso convirtiéndose en controlante de las sociedades, y

cualquiera sea el objeto de las sociedades participadas o controladas. 2. Participar en la fundación y constitución

de sociedades, efectuar aportes de capitales a sociedades existentes o a constituirse para la financiación de

operaciones realizadas o a realizarse. 3. Comprar, vender, negociar y suscribir toda clase de títulos, acciones,

debentures y demás valores mobiliarios de cualquier naturaleza conocida o que se creen en el futuro. 4. Tomar y

otorgar préstamos con o sin garantía a corto, mediano o largo plazo, ya sea en el país o en el extranjero. 5. En ningún

caso la sociedad podrá otorgar fianzas o garantías a favor de terceros, excepto que se trate de sociedades directa

o indirectamente controladas o participadas. 6. Ejercer mandatos, representaciones, agencias y comisiones y la

administración de bienes y empresas de sociedades, personas o entidades radicadas en el país o en el extranjero.

En especial, podrá actuar como agente o mandataria para todo tipo de operaciones de la naturaleza indicada en

los numerales anteriores. 7. Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o de bienes,

del país o del extranjero. 8. Podrá, previa resolución asamblearia, emitir debentures u obligaciones negociables

y, previa resolución del órgano societario competente según la legislación respectiva, cualquier otro título, papel

o instrumento que admita la legislación presente o futura, nacional o extranjera. C) Con relación a los objetos

enunciados en este artículo la Sociedad podrá ser parte o miembros de contratos de colaboración empresaria,

tanto en el país como en el extranjero, y ya sean de los tipos legislados como de otros innominados. La resolución

pertinente es competencia del Directorio, el cual puede también resolver el establecimiento de sucursales, filiales,

agencias y toda otra forma de descentralización, tanto en el país como en el extranjero. D) Quedan expresamente

excluidas del objeto social las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y otras en la que se

requiera el concurso público. E) Realizar todas las actividades de Trabajo Aéreo conforme se encuentran previstas

en el Artículo 1 del Decreto N° 2836/71 y/o aquellas que sean incluidas en el futuro por la legislación vigente. A

los fines expuestos y el desarrollo de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir todo tipo

de bienes y derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean expresamente prohibidos por

las leyes o este estatuto.”. ii) Reestructurar el Directorio, incorporando a un nuevo director titular, (iii) designar a

Juan Segundo Fernandez como Director Titular, (iii) mantener al Sr. Daniel Alejandro Nofal, como Director Titular

y Presidente, a la Sra. Lucila Guerón como Directora Titular y Vicepresidente, y al Sr. Pablo Kane como Director

Suplente quienes fueron electos por asamblea del 15/04/2024. Todos los directores designados, aceptaron sus

cargos y constituyeron domicilio especial Ortiz de Ocampo 3302, módulo 3, Planta Baja 2, Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 18/12/2023

Mariana Vazquez - T°: 41 F°: 254 C.P.A.C.F.

e. 19/06/2024 N° 39297/24 v. 19/06/2024