N° 40988/24 Aviso del Boletín Oficial
LAJATICO S.R.L.
Texto del aviso
LAJATICO S.R.L.
Escritura Nº 595 del 19 de junio de 2024, Folio 3.793, Escribano Francisco Javier Puiggari, Registro 453; 2)
“LAJATICO S.R.L.” 3) SOCIOS: los cónyuges en primeras nupcias y bajo el régimen de comunidad de bienes,
Fernando Uruguay PERCIVALE, nacido el 8 de diciembre de 1964, titular del Documento Nacional de Identidad
número 92.211.812, CUIT número 20-92211812-5 y Laura Sandra DI STEFANO, argentina, nacida el 5 de noviembre
de 1962, titular del Documento Nacional de Identidad número 16.056.925, CUIL número 27-16056925-0, ambos
comerciantes, con domicilio real en la calle Paris 50, Barrio Privado La Colina de Don Torcuato, jurisdicción de la
Provincia de Buenos Aires.- 4) SEDE SOCIAL: Avda. Leandro N. Alem 449, piso 4, CABA. 5) OBJETO: La sociedad
tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada terceros, en cualquier punto de la República
o del exterior, a las siguientes actividades: INMOBILIARIAS: Compra, venta, permuta, locación, arrendamiento o
cualquier otra forma de comercialización de inmuebles. Constituirse como administradora fiduciaria de fideicomisos
de administración, de construcción, al costo o no, agropecuarios, de inversión, y en toda clase de fideicomisos
ordinarios, pudiendo también participar como Fiduciante, con las condiciones, obligaciones y derechos que
emanen de la ley 24.441, sus reglamentaciones y respectivos contratos de Fideicomisos.- INVERSION: Tomar y
mantener participaciones en sociedades existentes o a crearse en la República o en el exterior, efectuar inversiones
de todo tipo, incluyendo títulos y valores públicos o privados o cualquier otra especie de valor mobiliario, efectuar
colocaciones de sus disponibilidades en forma transitoria o no en oro, títulos de participación u otros valores
mobiliarios negociables o no y otorgar y recibir préstamos con o sin garantía, ejercer representaciones, mandatos,
agencias, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios Quedan excluidas las operaciones comprendidas
en la Ley de Entidades Financieras (Ley 21.526). A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
contrato, incluyéndose, pero no limitándose, a garantizar obligaciones de terceros relacionados o no con la
Sociedad. En todos aquellos casos en que las leyes o disposiciones en vigor exijan título habilitante o requisitos
similares, los servicios serán prestados por profesionales con título habilitante. 6) CAPITAL SOCIAL: $ PESOS
CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-), dividido en CINCO mil cuotas de Pesos Mil, valor nominal cada una, totalmente
suscriptas por los socios. 7) Aporte de cada socio en moneda nacional: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69,
punto 1) de la resolución de la Inspección General de Justicia número 7/2015, el autorizante hace constar que en
este acto los socios entregan a los Gerentes designados, el aporte dinerario efectuado, o sea la suma de 125.000
pesos, quienes la reciben de conformidad, otorgando por la presente formal recibo y una vez inscripta la sociedad
lo incorporará al patrimonio societario.- 8) DURACION: 99 AÑOS a partir de su inscripción; 9) ADMINISTRACION
Y REPRESENTACION: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o
más gerentes, socios o no, pudiendo actuar en forma individual, e indistinta, por el término de duración de la
sociedad. 10) EJERCICIO SOCIAL: 31 de diciembre de cada año. 11) GERENTES: Se designan Gerentes a los
comparecientes señores: Fernando Uruguay PERCIVALE, y Laura Sandra DI STEFANO, quienes podrán actuar en
forma individual e indistinta, por el término de duración de la sociedad Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 595 de fecha 19/06/2024 Reg. Nº 453
Francisco Javier Puiggari - Matrícula: 3933 C.E.C.B.A.
e. 27/06/2024 N° 40988/24 v. 27/06/2024