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N° 43612/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 38

Edictos Judiciales lunes, 8 de julio de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 38

EDICTO- El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 19, a cargo del Dr.Gerardo D. Santicchia,

Secretaría Nº 38, a cargo del Dr. Edgardo Ariel Maiques, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., CABA, comunica

por CINCO días, que con fecha 19 de junio de 2024 se decretó la quiebra de ARGENCOLOR S.R.L., CUIT:

30-70829854-5, inscripta en la Inspección General de Justicia bajo N° 4947, L° 85, T° - de SOCIEDADES DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA el 15 de octubre de 1984, domicilio en Av. Callao 420 piso 8 dpto. D, CABA, en

los autos caratulados ARGENCOLOR S.R.L s/QUIEBRA, Expte. Nº 18861 /2023, en la cual se designó síndico a

la contadora Silvia Cristina Torini DNI 14.121.491 con domicilio en la calle Llerena 2950 CABA, teléfono 15-6963-

1274, correo sctorini@gmail.com, a efectos de presentar las solicitudes de insinuación de verificación debcréditos

y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 20 de septiembre de 2024, en forma presencial en formato

papel ó en forma electrónica enviando las insinuaciones al correo electrónico mencionado, e informar el CBU

para depósito del arancel art 32 LCQ es 0070322030004002052480. El síndico presentará los informes de los

arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 4 de noviembre de 2024 y 16 de diciembre de 2024 respectivamente. Se

intima al deudor para que cumplimenten los siguientes recaudos: Ponga los bienes a disposición de la Síndica

a fin de que la funcionaria concursal pueda tomar inmediata y segura disposición de los mismos, como en su

caso, de corresponder para que entregue a la Síndica en 24 horas los libros de comercio y demás documentación

relacionada con la contabilidad. Constituya en autos domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento

que las sucesivas notificaciones se tendrán por realizadas en los términos de los arts. 141 y 133 Cód Proc. Se

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.456 - Segunda Sección 75 Lunes 8 de julio de 2024

prohíbe los pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes

tengan bienes y documentos del fallido en su poder, para que los pongan a disposición de la sindicatura en cinco

días. Aires, 4 de julio de 2024.FDO.Edgardo Ariel Maiques Secretario Gerardo D. Santicchia Juez - Edgardo Ariel

Maiques Secretario

e. 08/07/2024 N° 43612/24 v. 15/07/2024