N° 46374/24 Aviso del Boletín Oficial
BAJULOIAN S.A.
Texto del aviso
BAJULOIAN S.A.
CUIT 30-71050815-8. Por Esc. 405 del 3/7/24 Registro 1967 CABA se protocolizaron las siguientes Actas: 1.
Acta de Asamblea Ordinaria y de Directorio ambas del 20/4/2020 que designaron directores a: Presidente: Juan
Antonio Socorro. Director Suplente: Jorge Alberto Spaccarotella; ambos con domicilio especial en Tucumán 612
piso 5 CABA; 2. Acta de Asamblea Ordinaria y de Directorio ambas del 21/4/2023 que designaron directores a:
Presidente: Juan Antonio Socorro. Director Suplente: Jorge Alberto Spaccarotella; ambos con domicilio especial
en Tucumán 612 piso 5 CABA; 3. Acta de Asamblea Extraordinaria del 12/1/2024 que modificó el artículo tercero
del estatuto social quedando el objeto redactado así: “Objeto: la sociedad tiene como objeto dedicarse por cuenta
propia y/o de terceros, en el país o en el extranjero a la prestación de servicios de telecomunicaciones, la reventa
de servicios de telecomunicaciones, la distribución y venta en segmentos mayoristas, minoristas y empresas de
tarjetas de telefonía, teléfonos celulares, abonos, equipos de telecomunicaciones, accesorios de telefonía y todo
tipo de productos afines, tales como electrodomésticos, equipos de audio, televisores, artículos de computación
y equipos de climatización, instalación de sistemas de telecomunicaciones en general, venta de suscripciones
de telefonía básica y de larga distancia nacional e internacional, instalación de cabinas telefónicas y/o locutorios,
obtención de representaciones oficiales y no oficiales de compañías telefónicas, de internet, la instalación de
sistemas de juegos en red, prestación de servicios de internet, y en general la comercialización de todos los
productos de telefonía que desarrollen las licenciatarias de telefonía habilitadas por las autoridades competentes.
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos
que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. En aquellos casos en que las leyes o reglamentaciones
vigentes exijan título universitario o equivalente para el desempeño de las actividades enunciadas, los servicios
serán prestados por profesionales idóneos con título habilitante. Asimismo, la sociedad podrá avalar y/o afianzar
obligaciones de terceros. La sociedad no realizará las actividades comprendidas en la ley 21.526”. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 405 de fecha 03/07/2024 Reg. Nº 1967
María Beatriz Hayes - Matrícula: 4540 C.E.C.B.A.
e. 17/07/2024 N° 46374/24 v. 17/07/2024