N° 48115/24 Aviso del Boletín Oficial
AGROPECUARIA BATAN S.A.
Texto del aviso
AGROPECUARIA BATAN S.A.
CUIT: 30-71236633-4. Por Asamblea General Extraordinaria del 13/11/2015 se resolvió: Modificar el ARTÍCULO
TERCERO: “La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro del
país o en el extranjero: “Agropecuarias: la explotación de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas,
forestales, de propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de
ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación
y recuperación de tierras áridas, fabricación, renovación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la
preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración
de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos
así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de
la explotación agrícola y ganadera. Fabricación, industrialización y/o elaboración de productos y subproductos
de la ganadería, de la agricultura, de la alimentación, forestales y/o madereros. A tales fines la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por este estatuto, y especialmente la adquisición y arrendamiento de todo tipo de
inmuebles rurales. Inmobiliaria: Adquisición o enajenación de inmuebles urbanos o rurales, sea por compraventa,
cesión, dación en pago o cualquier acto jurídico lícito, locación y arrendamiento de inmuebles urbanos o predios
rústicos; intermediación en la compraventa, cesión, locación y arrendamiento de inmuebles y administración de
propiedades. Financiera: La realización de actividades financieras mediante la financiación de toda empresa o
negocio lícito, otorgamiento de préstamos, con o sin garantía, real o personal físicas o jurídicas existentes o a
constituirse, compraventa o negociaciones de títulos, acciones, debentures, certificados y toda clase de valores
mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse; constitución
y/o transferencia de hipotecas, prendas, créditos, fianzas y/o garantías, sea cual fuere su naturaleza; formalización
de transacciones con valores mobiliarios; la financiación se efectuará en base al capital aportado por los socios,
resultados acumulados, capitalización de utilidades y aportes particulares de los socios, quedando excluido de la
Ley 21526 de entidades financieras pues no se captaran capitales de terceros para el otorgamiento de créditos o
préstamos.” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 13/11/2015
Santiago José Michel - T°: 90 F°: 873 C.P.A.C.F.
e. 25/07/2024 N° 48115/24 v. 25/07/2024