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N° 48115/24 Aviso del Boletín Oficial

AGROPECUARIA BATAN S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 25 de julio de 2024

Texto del aviso

AGROPECUARIA BATAN S.A.

CUIT: 30-71236633-4. Por Asamblea General Extraordinaria del 13/11/2015 se resolvió: Modificar el ARTÍCULO

TERCERO: “La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro del

país o en el extranjero: “Agropecuarias: la explotación de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, frutícolas,

forestales, de propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de

ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación

y recuperación de tierras áridas, fabricación, renovación y reconstrucción de maquinaria y equipo agrícola para la

preparación del suelo, la siembra, recolección de cosechas, preparación de cosechas para el mercado, elaboración

de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos

así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de

la explotación agrícola y ganadera. Fabricación, industrialización y/o elaboración de productos y subproductos

de la ganadería, de la agricultura, de la alimentación, forestales y/o madereros. A tales fines la sociedad tiene

plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean

prohibidos por las leyes o por este estatuto, y especialmente la adquisición y arrendamiento de todo tipo de

inmuebles rurales. Inmobiliaria: Adquisición o enajenación de inmuebles urbanos o rurales, sea por compraventa,

cesión, dación en pago o cualquier acto jurídico lícito, locación y arrendamiento de inmuebles urbanos o predios

rústicos; intermediación en la compraventa, cesión, locación y arrendamiento de inmuebles y administración de

propiedades. Financiera: La realización de actividades financieras mediante la financiación de toda empresa o

negocio lícito, otorgamiento de préstamos, con o sin garantía, real o personal físicas o jurídicas existentes o a

constituirse, compraventa o negociaciones de títulos, acciones, debentures, certificados y toda clase de valores

mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse; constitución

y/o transferencia de hipotecas, prendas, créditos, fianzas y/o garantías, sea cual fuere su naturaleza; formalización

de transacciones con valores mobiliarios; la financiación se efectuará en base al capital aportado por los socios,

resultados acumulados, capitalización de utilidades y aportes particulares de los socios, quedando excluido de la

Ley 21526 de entidades financieras pues no se captaran capitales de terceros para el otorgamiento de créditos o

préstamos.” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 13/11/2015

Santiago José Michel - T°: 90 F°: 873 C.P.A.C.F.

e. 25/07/2024 N° 48115/24 v. 25/07/2024