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N° 94242/2016 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 50 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales viernes, 26 de julio de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 50 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 50, sito en calle Uruguay 714 piso 3° de esta Ciudad, a cargo

del Dr. Pablo Miguel Aguirre, secretaría única, hace saber que en los autos: “Locatelli y González Fernando José c/

Aclen S.C.A s/ prescripción adquisitiva” (Expte. N° 94242/2016), se ha resuelto notificarle el traslado de demanda

a la demandada ACLEN SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, mediante edictos a publicarse por dos días

en el Boletín Oficial y en el diario Página 12. Se deja constancia que las actuaciones han sido digitalizadas y que

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.469 - Segunda Sección 43 Viernes 26 de julio de 2024

podrá acceder a su visualización mediante el sistema de consulta de causas del Poder Judicial de la Nación (www.

pj.gov.ar) El proveído que ordena el presente se transcribe: “Buenos Aires, 21 de mayo de 2024. En atención a lo

solicitado, juramento prestado en los términos del art. 145 del C.Proc., y demás constancias de autos, publíquense

edictos por dos días en el Boletín Oficial, a los fines de notificarle el traslado de demanda conferido en el proveído

de fecha 19/05/2017 punto 1 y punto 2 último párrafo -los que deberán ser transcriptos junto con el presente- a

ACLEN SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES (cfr. arts. 145, 146, 147, 343 y cc del CPCCN). (…) Fdo: Pablo

Miguel Aguirre, Juez.” El proveído que ordena el traslado de demanda dice en su parte pertinente: “Buenos Aires,

19 de mayo de 2017. (…) 1. De conformidad con las pretensiones deducidas en autos, se declara que corresponde

a estas actuaciones el trámite de juicio ordinario (cfr. art. 319 del Cód. Procesal, según Ley 25.488).- 2.(…) De la

demanda instaurada, prueba ofrecida y documental adjuntada, traslado al accionado para que comparezca y

la conteste dentro del plazo de dieciséis (16) días (cfr. art. 338 -primer párrafo- y 355 del Cód. Procesal), bajo el

apercibimiento previsto por los arts. 59 y 356 -según ley 25.488- del Cód. Procesal). NOTIFIQUESE.- (…) Fdo:

Pablo Miguel Aguirre, Juez” EDUARDO M. WRIGHT SECRETARIO

e. 26/07/2024 N° 42292/24 v. 29/07/2024