N° 49389/24 Aviso del Boletín Oficial
DINERO GELT S.A.
Texto del aviso
DINERO GELT S.A.
CUIT 30-71691314-3 Por escritura 145 del 17/7/2024 ante Fernando Maidana F° 713 Registro 792 CABA se
protocolizó Acta de Asamblea Gral. Extraordinaria del 18/3/2024 que se aprobó reformar el ARTICULO PRIMERO
del Estatuto social quedando redactado: “ARTICULO PRIMERO: Bajo la denominación social de PROSEGUR
CUSTODIA DE ACTIVOS DIGITALES S.A. continua funcionando la sociedad que fuera constituida con el nombre
de Dinero Gelt S.A.. Tiene su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo establecer agencias y
sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero. Dicha denominación se adopta por ser integrante del Grupo
Prosegur, asumiendo la obligación de modificarla si la sociedad dejara de pertenecer al grupo” y se modificó
el objeto social, quedando redactado así: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por
cuenta propio, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a: A) Operar como proveedor de
servicios de activos virtuales. A tales efectos podrá realizar intercambio entre activos virtuales y monedas de curso
legal; intercambiar una o más formas de activos virtuales; transferir activos virtuales; custodiar y/o administrar
activos virtuales o instrumentos que permita control sobre los mismos; y prestar servicios relacionados con las
operaciones anteriores. B) Intermediar en operaciones de cualquier tipo con activos virtuales, realizar gestiones
de cobranzas y/o de pagos; aceptar y ejecutar mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por cuento y
orden y/o a nombre de terceros. C) Desarrollar, transferir licenciar y operar distintos tipos de software: administrar
plataformas, herramientas Informáticas; efectuar el procesamiento y validación de transacciones. D) Importación
y exportación: realizar la importación u exportación por cuenta propia o de terceros, de productos que hacen a
su objeto comercial, de servicio, industrial o de desarrollo. La sociedad no actuara como entidad Financiera en
los términos de la ley de Entidades Financieras N° 21.526. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente
prohibidos por las leyes o por este estatuto. La precedente enumeración no es limitativa sino meramente enunciativa,
pudiendo la sociedad celebrar en general por intermedio de sus representantes legales todos los actos y contratos
que directa o indirectamente tiendan o favorecer su desarrollo y se relacionen con sus fines sociales. Autorizado
según instrumento privado Acta de Asamblea Gral. Extraordinaria de fecha 18/03/2024
MATIAS ARIEL ARRINDA - T°: 136 F°: 474 C.P.A.C.F.
e. 31/07/2024 N° 49389/24 v. 31/07/2024