N° 49367/24 Aviso del Boletín Oficial
LA LIBERTAD AVANZA
Texto del aviso
LA LIBERTAD AVANZA
El Juzgado Federal N° 1, con Competencia Electoral en el distrito Santiago del Estero, a cargo del Dr. Guillermo
Daniel Molinari, hace saber, que en los autos caratulados: “LA LIBERTAD AVANZA S/ RECONOCIMIENTO
DE PARTIDO DE DISTRITO, Expte. N° CNE 8694/2023” que tramita ante sus estrados, ha dictado resolución
otorgando la Personalidad Jurídico Política Provisoria en Santiago del Estero a la precitada agrupación política,
transcribiéndose la parte resolutiva de la misma; así también su Carta Orgánica Partidaria: “Santiago del Estero,
29 de Mayo de 2024. … Y …;: 1) - Otorgar Personalidad Jurídico Política Provisoria en este AUTOS Y VISTOS
CONSIDERANDO RESUELVO Distrito Electoral al partido en formación “LA LIBERTAD AVANZA”: haciéndose saber
que, de conformidad a la normativa vigente, serán considerados “en formación” y no pueden presentar candidatos
a cargos públicos electivos en Elecciones Primarias ni Elecciones Nacionales, ni tienen derecho a percibir aportes
públicos ordinarios y extraordinarios, hasta tanto obtengan en este Distrito Electoral la Personalidad Jurídica
Política Definitiva. 2) - Tener por Apoderados de la mencionada agrupación política “en formación” a las Sras.
Laura Consuelo Godoy y Norma Beatriz Lujan por constituido domicilio electrónico y con domicilio Partidario y
Legal en calle Mitre 143, 1° piso, Departamento N° 102, de la ciudad de Santiago del Estero, Departamento Capital,
Provincia de Santiago del Estero. 3) - Intimar para que en el plazo de 150 días presenten la afiliación de un número
de electores no inferior al cuatro por mil del total de los inscriptos en el Registro de Electores de este Distrito (Art.
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.472 - Segunda Sección 60 Miércoles 31 de julio de 2024
7 bis inc. a Ley 23.298 modif. por la Ley 26.571). 4) - Intimar para que en el plazo de 180 días procedan a realizar
elecciones internas para constituir las autoridades definitivas del partido (Art. 7 bis inc. b Ley 23.298 modif. por
la Ley 26.571). 5) - Intimar para que en el término de 60 días den cumplimiento a la presentación de los libros
partidarios, conforme a lo normado por el Art. 37 de la Ley 23.298 y Art. 21 por la Ley 26.215 a los fines de su
rúbrica (Art. 7 bis inc. c Ley 23.298 modif. por la Ley 26.571). 6) Ordénese la publicación por un (1) día en el Boletín
Oficial de la Nación del auto respectivo, del domicilio partidario y de la Carta Orgánica obrante a fs. 83/96 de la
citada agrupación política (Dcto. PEN N° 937 /2010, art. 14), que por la presente se homologa. 7) - Comuníquese
a la Excma. Cámara Nacional Electoral, regístrese y hágase saber. -ANTE MI.- ” Fdo. Digitalmente Dr. Guillermo
Daniel Molinari - Juez Federal - y Dr. Walter Daniel Micol - Pro-secretario Electoral Nacional
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Partido Político se publican en la edición web del BORA -www.
boletinoficial.gob.ar-.
e. 31/07/2024 N° 49367/24 v. 31/07/2024