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N° 49499/24 Aviso del Boletín Oficial

DAVIDSON INVESMENT S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 1 de agosto de 2024

Texto del aviso

DAVIDSON INVESMENT S.A.

1) David Israel BREITMAN NAVARRO, argentino, nacido el 17/9/2003, soltero, comerciante, DNI 44.846.256 y CUIL

2044846256-1 y Sara Yafa Carmiel BREITMAN NAVARRO, argentina, nacida el 2/2/2005, soltera, estudiante, DNI

46.261.406 y CUIL 27-46261406-9 domiciliados en Carlos Pellegrini 1277, piso 6° depto “B”, Caba, 2) Esc. 34 del

7/6/2024 Registro 352 CABA. 3) “DAVIDSON INVESMENT S.A.” 4) Alicia Moreau de Justo 1150, piso 3° oficina 306,

CABA. 5) La sociedad es los fines del artículo 31, 1er. párrafo, de la Ley de Sociedades Comerciales exclusivamente

Financiera, Inmobiliaria y de Inversión. a. Por lo tanto, su objeto es realizar por cuenta propia o de terceros, o

asociada o en colaboración con terceros -para lo cual podrá hacer uso de cualquier figura jurídica-, y tanto en

el país como en el extranjero, las siguientes actividades: 1. Adquirir, mantener y administrar participaciones e

inversiones en sociedades constituidas tanto en el país como en el extranjero, a cuyo fin podrá afectar la totalidad

de su patrimonio, incluso convirtiéndose en controlante de las mismas, y cualquiera sea el objeto de las sociedades

participadas o controladas, pero en especial en bancos, entidades financieras, compañías constructoras y

desarrolladoras de bienes inmuebles, compañías de servicios financieros de cualquier naturaleza, compañías

prestadoras de servicio de tarjetas de crédito, compañías de seguros y reaseguros y compañías cuya actividad sea

afín, conexa y complementaria a los mismos. 2. Participar en la fundación y constitución de sociedades, efectuar

aportes de capitales a sociedades existentes o a constituirse para la financiación de operaciones realizadas o a

realizarse. 3. Comprar, vender, negociar y suscribir toda clase de títulos, acciones, debentures y demás valores

mobiliarios e inmobiliarios de cualquier naturaleza conocida o que se creen en el futuro. 4. Tomar y otorgar

préstamos con o sin garantía a corto, mediano o largo plazo, ya sea en el país como en el extranjero. 5. En ningún

caso la sociedad podrá otorgar fianzas o garantías a favor de terceros, excepto que se trate de sociedades directa

o indirectamente controladas o participadas. 6. Ejercer mandatos, representaciones, agencias y comisiones, y la

administración de bienes y empresas de sociedades, personas o entidades radicadas en el país o en el extranjero.

En especial, podrá actuar como agente o mandataria para todo tipo de operaciones de la naturaleza indicada en

los numerales anteriores. 7. Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o de bienes,

del país o del extranjero. 8. Podrá, previa resolución asamblearia, emitir debentures u obligaciones negociables y,

previa resolución del órgano societario competente según la legislación respectiva, cualquier otro título, papel o

instrumento que admita la legislación presente o futura, nacional o extranjera. b. Sin perjuicio de que la sociedad

participe en o ejerza el control sobre bancos y entidades financieras nacionales o extranjeras, como actividad

propia queda excluida toda intermediación en la oferta y demanda de recursos financieros reglamentada por leyes

específicas, en particular por la Ley de Entidades Financieras; ello sin perjuicio de la eventualidad de que la sociedad

sea autorizada a realizar oferta pública por la Comisión Nacional de Valores o por cualquier otra Bolsa o Mercado

de Valores del país o del extranjero. c. Con relación a los objetos enunciados en este artículo la sociedad podrá

ser parte o miembro de contratos de colaboración empresaria, tanto en el país como en el extranjero, y ya sean

de los tipos legislados como de otros innominados. La resolución pertinente es competencia del Directorio, el cual

puede también resolver el establecimiento de sucursales, filiales, agencias y toda otra forma de descentralización,

tanto en el país como en el extranjero. d. A los fines expuestos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean expresamente prohibidos por las

leyes o este estatuto. 6) 99 años desde inscripción I.G.J. 7) $ 30.000.000 representado por 30.000.000 acciones

nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una, totalmente suscripto por socios, 15.000.000 acciones

por David Israel Breitman Navarro y 15.000.000 acciones por Sara Yafa Carmiel BREITMAN NAVARRO e integran

el 25% en dinero efectivo y saldo en plazo legal. 8) Directorio numero miembros fijado por Asamblea entre 1 y

3, mandato tres ejercicios. Se prescinde Sindicatura. Presidente representante legal y de existir Vicepresidente

reemplaza a aquel en caso ausencia o impedimento. 9) 31/12 de cada año. 10) Se designa Presidente Javier Diego

Breitman, argentino, divorciado, DNI 20.354.841, Director Suplente David Israel Breitman Navarro. los que aceptan

cargos y constituyen domicilio especial en la sede social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 34 de

fecha 07/06/2024 Reg. Nº 352

Carlos María Baraldo - Matrícula: 3211 C.E.C.B.A.

e. 01/08/2024 N° 49499/24 v. 01/08/2024